II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-21280)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251
Jueves 17 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 133322
b) El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar a partir
del siguiente día de la publicación de la convocatoria en el «Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña» (DOGC) y en la web del Servicio de Acceso y Provisión.
c) A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
I.
Datos identificativos.
– Fotografía actual, tipo carné.
II.
Requisitos y méritos alegados.
La persona candidata deberá tener en cuenta que la documentación que aporte en
este proceso está sujeta al artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen
Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, que
establece que los ciudadanos que tienen la condición de personas interesadas en este
procedimiento administrativo en trámite tienen derecho a acceder al expediente y a
obtener una copia de los documentos que forman parte del mismo, incluidos los de las
demás personas candidatas.
Por todo ello, los documentos que se entreguen deben evitar información que sea
innecesaria para la finalidad pretendida o que requiera una especial protección. En
concreto, el currículum actualizado debe estar identificado solo con el nombre y
apellidos; no debe recoger datos como el documento de identidad, la fecha de
nacimiento, el correo electrónico, el domicilio, el estado civil, el teléfono o la fotografía, y
no debe contener datos personales especialmente protegidos, como los relacionados
con la salud de las personas aspirantes o con su situación personal o familiar, entre
otros. El incumplimiento de estas instrucciones supondrá la exclusión de la solicitud, sin
perjuicio de la corrección de la misma en el plazo otorgado para subsanar la lista de
personas admitidas y excluidas.
d) Cuando lo considere conveniente, el tribunal podrá requerir a la persona
candidata a fin de complementar la información de los méritos alegados u otros aspectos
de la documentación presentada. Asimismo, podrá requerir en cualquier momento del
proceso la acreditación documental y la aportación de originales de los requisitos y
méritos alegados, que las personas candidatas deberán presentar para poder continuar
en el proceso, sin perjuicio de las responsabilidades en las que hayan podido incurrir en
caso de falsedad.
cve: BOE-A-2024-21280
Verificable en https://www.boe.es
– Copia simple de la titulación académica requerida para participar en la
convocatoria o resguardo de pago de los derechos del título.
– Currículum actualizado de un máximo de cuatro páginas, identificado solo con el
nombre y apellidos (y ningún otro dato personal como número de DNI, fotografía,
teléfono, correo electrónico, datos de salud, enlaces a redes sociales, etc.), donde se
detalle la experiencia profesional con los siguientes datos: empresa y actividad de la
misma, categoría y puesto de trabajo, funciones principales, período trabajado, etc., y
otros datos como los conocimientos de idiomas u otros que se consideren relevantes en
relación con el perfil del puesto al que se opta.
La presentación de un currículum con un número de páginas superior al indicado o
que incluya datos personales diferentes a los apellidos y nombre, será motivo de
exclusión de la candidatura.
– Copia simple, si es necesario, de la documentación acreditativa de los méritos
alegados en el currículum (idiomas, otros estudios, experiencia, cursos de
especialización, etc.).
– Acreditación de los conocimientos de lengua catalana (copia del certificado del
nivel C1 o equivalente o superior). En caso de no presentar la acreditación de lengua
catalana, se entenderá que la persona opta por la realización de la prueba en los
términos previstos en estas bases.
– Acreditación, si procede, de los conocimientos de lengua castellana.
Núm. 251
Jueves 17 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 133322
b) El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar a partir
del siguiente día de la publicación de la convocatoria en el «Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña» (DOGC) y en la web del Servicio de Acceso y Provisión.
c) A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
I.
Datos identificativos.
– Fotografía actual, tipo carné.
II.
Requisitos y méritos alegados.
La persona candidata deberá tener en cuenta que la documentación que aporte en
este proceso está sujeta al artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen
Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, que
establece que los ciudadanos que tienen la condición de personas interesadas en este
procedimiento administrativo en trámite tienen derecho a acceder al expediente y a
obtener una copia de los documentos que forman parte del mismo, incluidos los de las
demás personas candidatas.
Por todo ello, los documentos que se entreguen deben evitar información que sea
innecesaria para la finalidad pretendida o que requiera una especial protección. En
concreto, el currículum actualizado debe estar identificado solo con el nombre y
apellidos; no debe recoger datos como el documento de identidad, la fecha de
nacimiento, el correo electrónico, el domicilio, el estado civil, el teléfono o la fotografía, y
no debe contener datos personales especialmente protegidos, como los relacionados
con la salud de las personas aspirantes o con su situación personal o familiar, entre
otros. El incumplimiento de estas instrucciones supondrá la exclusión de la solicitud, sin
perjuicio de la corrección de la misma en el plazo otorgado para subsanar la lista de
personas admitidas y excluidas.
d) Cuando lo considere conveniente, el tribunal podrá requerir a la persona
candidata a fin de complementar la información de los méritos alegados u otros aspectos
de la documentación presentada. Asimismo, podrá requerir en cualquier momento del
proceso la acreditación documental y la aportación de originales de los requisitos y
méritos alegados, que las personas candidatas deberán presentar para poder continuar
en el proceso, sin perjuicio de las responsabilidades en las que hayan podido incurrir en
caso de falsedad.
cve: BOE-A-2024-21280
Verificable en https://www.boe.es
– Copia simple de la titulación académica requerida para participar en la
convocatoria o resguardo de pago de los derechos del título.
– Currículum actualizado de un máximo de cuatro páginas, identificado solo con el
nombre y apellidos (y ningún otro dato personal como número de DNI, fotografía,
teléfono, correo electrónico, datos de salud, enlaces a redes sociales, etc.), donde se
detalle la experiencia profesional con los siguientes datos: empresa y actividad de la
misma, categoría y puesto de trabajo, funciones principales, período trabajado, etc., y
otros datos como los conocimientos de idiomas u otros que se consideren relevantes en
relación con el perfil del puesto al que se opta.
La presentación de un currículum con un número de páginas superior al indicado o
que incluya datos personales diferentes a los apellidos y nombre, será motivo de
exclusión de la candidatura.
– Copia simple, si es necesario, de la documentación acreditativa de los méritos
alegados en el currículum (idiomas, otros estudios, experiencia, cursos de
especialización, etc.).
– Acreditación de los conocimientos de lengua catalana (copia del certificado del
nivel C1 o equivalente o superior). En caso de no presentar la acreditación de lengua
catalana, se entenderá que la persona opta por la realización de la prueba en los
términos previstos en estas bases.
– Acreditación, si procede, de los conocimientos de lengua castellana.