II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-21154)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el departamento y en el Real Patronato sobre Discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250

Miércoles 16 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 132955

En caso de discrepancia entre los datos aportados por la persona solicitante y los
que constan en el Registro Central de Personal, prevalecerán los del Registro.
6. En el caso de que se requiera la adaptación, por razón de discapacidad, del
puesto o puestos de trabajo solicitados, la Comisión de Valoración podrá recabar del
interesado la información complementaria que estime necesaria en orden a la adaptación
solicitada. Previamente, la presidencia de la Comisión de Valoración pedirá informe a los
centros directivos de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la
adaptación.
De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa
o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la
Comisión de Valoración los informes pertinentes.
7. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse
desiertos cuando existan concursantes que hayan obtenido las puntuaciones mínimas
exigidas en cada caso. Por el contrario, se declararán desiertos cuando antes de la
resolución de adjudicación se hubieran amortizado o modificado sus características
funcionales, orgánicas o retributivas por acuerdo de la Dirección General de la Función
Pública, salvo lo establecido en la base cuarta para la reclasificación del nivel de los
puestos convocados.
Séptima.

Comisión de Valoración.

1. Los méritos serán valorados por una comisión, cuya composición se ajustará al
principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa
vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros:

Asimismo, tiene derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro en
representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
Las personas representantes de las organizaciones sindicales serán designadas a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, solicitada la propuesta de
designación por parte de la Administración, si no se formula en el plazo de diez días
hábiles, se entenderá que dicha organización sindical ha decaído en su opción.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes, que les sustituirán con voz y
voto en caso de ausencia, deberán pertenecer a cuerpos o escalas de subgrupo de
titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y, además, poseer
grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados, a
tenor de lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, personas expertas en calidad de asesoras, con voz, pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Su designación recaerá
en el Órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.

cve: BOE-A-2024-21154
Verificable en https://www.boe.es

– Presidenta o Presidente: La persona titular de la Subdirección General de
Recursos Humanos y de Inspección de Servicios del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030 o persona en quien delegue.
– Secretaria o Secretario: Una persona destinada en la Subdirección General de
Recursos Humanos y de Inspección de Servicios del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030.
– Tres vocales representantes de la Administración designados por la Subsecretaría
del Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.