I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-21122)
Real Decreto 1056/2024, de 15 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de cooperación internacional por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250

Miércoles 16 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 132716

regional con el mundo árabe de la AECID, masar al’an/masar ahora, conforme al
siguiente desglose:
a) A.1 Programa de Promoción de la naturalización de los espacios públicos,
integrando criterios de potenciación de la inclusividad social y de los servicios
ecosistémicos: 264.000 euros.
En el marco de las áreas de trabajo de especialización de MedCities –servicios
urbanos sostenibles, planificación estratégica, medioambiente y biodiversidad, cohesión
social y desarrollo económico. El programa se estructura en los siguientes componentes:
1.º Componente 1. Naturalización de las ciudades. Orientado hacia aumentar la
naturalización de la ciudad a través de una infraestructura verde que promueva la
participación ciudadana y la inclusividad social. Se llevará a cabo por medio de
actividades de diagnóstico participativo del espacio público y/o verde en 3 ciudades;
diseño e implementación de mejoras del espacio público inclusivo y naturalizado y
Comunicación y concienciación de la población sobre los beneficios de los servicios
ecosistémicos y los espacios verdes.
2.º Componente 2. Fortalecimiento de capacidades de las entidades locales.
Centrado en mejorar las capacidades municipales para al diseño de espacios públicos
inclusivos, cohesionadores y naturalizados; y la implementación de soluciones basadas
en la naturaleza, fomentando el intercambio interregional de buenas prácticas y el
aprendizaje entre pares, por medio de la capacitación del personal técnico y electo de
los 3 ayuntamientos y la creación de una microred para el intercambio de buenas
prácticas y la transferencia de conocimiento interregional.
Para todos los componentes, se considerarán gastos subvencionables, los realizados
durante el período de ejecución de la subvención y que financian la consecución de los
resultados de los componentes, pudiendo estar destinados a servicios técnicos;
traducciones y correcciones; materiales y suministros no inventariables; gastos de
personal técnico directamente vinculado a la realización de los componentes; gastos de
viaje, alojamiento y dietas; gastos de alimentación vinculados a la actividad; gastos
derivados de reuniones y talleres; gastos derivados de la difusión de los componentes;
así como todos aquellos otros gastos que se acrediten para la realización de los mismos
y sean necesarios para lograr los objetivos previstos.
b) A.2 Financiación de gastos de funcionamiento o estructura –gastos generales
administrativos de la institución, de personal y de gestión para el desarrollo del
programa, pero no imputables directamente a él–: 36.000 euros.
8.

IECAH.

a) Actividades formativas, que irán dirigidas hacia el conjunto de actores de la
acción humanitaria, estableciendo por parte de la AECID y el IECAH los criterios de
difusión y, en su caso, selección de las personas participantes.
b) Formación en la plataforma a-humanitaria.es: mantenimiento de módulos sobre
aspectos transversales de la acción humanitaria (género y edad, localización, resiliencia,
medio ambiente, etc.), la adición de nuevos módulos y la gestión de los cursos y la
plataforma.
c) Realización de foros y jornadas, cuyo objetivo es la difusión de temáticas
relevantes dentro de la acción humanitaria y el intercambio de experiencias, buenas
prácticas y lecciones aprendidas entre el sector. La población beneficiaria de los
seminarios será más amplia que la de las acciones formativas. Estas incluyen foros
presenciales y on-line sobre temas de interés coyuntural.
d) Elaboración de documentos de posicionamiento, realización de investigaciones,
estudios y publicaciones sobre temáticas de acción humanitaria y diplomacia
humanitaria. El IECAH participará en la elaboración de documentos que apoyen el

cve: BOE-A-2024-21122
Verificable en https://www.boe.es

La finalidad de la subvención será la financiación de: