III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-21108)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E., para la facilitación y gestión de los medios de pago de las ayudas del «Bono Cultural Joven», de 29 de julio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Martes 15 de octubre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
21108

Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica la Adenda al Convenio con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos,
SA, S.M.E., para la facilitación y gestión de los medios de pago de las ayudas
del «Bono Cultural Joven», de 29 de julio de 2024.

Por Orden CLT/489/2024, de 21 de mayo, («Boletín Oficial del Estado» núm. 125,
de 23 de mayo de 2024) se convocó el procedimiento de concurrencia para la selección
de una entidad colaboradora para la facilitación y gestión de los medios de pago del
programa de ayudas «Bono Cultural Joven».
Una vez tramitado el correspondiente procedimiento, previsto en la citada Orden
CLT/489/2024, de 21 de mayo, se dictó Resolución de la Subsecretaria de Cultura, de
fecha 9 de julio de 2024, por la que se seleccionó a la Sociedad Estatal de Correos y
Telégrafos, SA, S.M.E. como entidad colaboradora que se encargará de la facilitación y
gestión de los medios de pago de las ayudas del Bono Cultural Joven para las
convocatorias 2024 y 2025. Esta resolución fue publicada en la sede electrónica del
Ministerio de Cultura, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la referida Orden
CLT/489/2024, de 21 de mayo.
Igualmente, la mencionada resolución ordenaba la formalización de un convenio de
colaboración entre el Ministerio de Cultura y la entidad seleccionada, que fue finalmente
suscrito en fecha 29 de julio de 2024.
Con posterioridad a la celebración del mencionado convenio, ha sido preciso ampliar
su contenido en materia de protección de datos personales, mediante la tramitación de
una adenda al mismo, que cuenta con informe favorable de la Abogacía del Estado
destacada en el Ministerio de Cultura, de fecha 19 de septiembre de 2024.
Una vez perfeccionada la adenda al convenio de colaboración con la firma de ambas
partes en fecha 4 de octubre de 2024 y de conformidad con lo dispuesto en la cláusula
décima del citado convenio, dispongo:
Única.
Ordenar la inscripción de la adenda al convenio de colaboración en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, así como su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de octubre de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez
Soria.

cve: BOE-A-2024-21108
Verificable en https://www.boe.es

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá
interponer recurso de alzada ante la persona titular del Ministerio de Cultura, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en la sede electrónica, de
conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.