III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-21107)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Adecuación, reforma y conservación del corredor de Andalucía. Autovía A-4 P.PK.K. 347,5 a 435,6. Tramo: límite de provincia de Jaén-Límite de provincia de Sevilla».
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 132611
Como especie de flora de singular interés, se detecta afección al área de distribución
de Malvella sherardiana, especie incluida en la Lista Roja de la Flora Vascular de la
Junta de Andalucía, con la categoría de Vulnerable. No obstante, el promotor confirma
que se realizarán nuevas prospecciones botánicas sobre las zonas de ocupación, antes
de las obras, para detectar la posible presencia de esta u otras especies de flora y
proceder a su señalización y exclusión de la zona de obras.
En la fase de explotación, el impacto residual que queda sobre la vegetación, al igual
que el que se produce sobre el suelo, se ciñe a las zonas de ocupación permanente,
donde no se podrá recuperar in situ la vegetación afectada.
Las medidas propuestas por el promotor son poco precisas y de carácter genérico,
basadas en la señalización y exclusión de zonas que alberguen comunidades de flora
protegida o HIC, así como la aplicación de las buenas prácticas habituales para la
protección de la vegetación y restauración posterior de zonas temporales de obras con
especies autóctonas.
El Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Dirección General de
Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático y su Delegación Territorial en Córdoba de la
Junta de Andalucía destacan la afección al HIC 92D0 (Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae) y solicitan al
promotor una evaluación e identificación de especies afectadas más detallada. Además,
consideran inasumible la afección al HIC 92A0, salvo que se restaure el doble de
superficie afectada, en zonas cercanas de calidad adecuada, sin contar en la
computación de esta superficie la restauración en zonas de ocupación temporal. Los
lugares seleccionados deberán ser consensuados con el Servicio de Espacios Naturales.
Además, añade una serie de medidas que se integran en el apartado de condiciones de
esta resolución.
Como resultado del análisis técnico, se solicita al promotor que detalle medidas
específicas de restauración y compensación de hábitats afectados en la actuación 1 en
Villa del Río, especificando los tipos de hábitats a restaurar, superficies, métodos y
seguimiento. De igual modo, se le solicita, para la actuación 13 sobre el río Guadajoz, un
nuevo estudio de campo para inventariar los hábitats afectados por la nueva alternativa
propuesta o replanteo de la actual, y definir medidas de recuperación y compensación,
aplicables a una superficie equivalente al doble de la superficie afectada, como medida
de garantía de efectividad. Por último, se solicita el detalle de los procesos constructivos
de los viaductos, con objeto de cuantificar las superficies y periodos de afección y las
medidas para garantizar la continuidad del río durante las obras.
El promotor, en su respuesta, aporta información adicional sobre los impactos de
determinadas actuaciones:
– Actuación 1: La nueva información del promotor especifica una ocupación del
HIC 92A0, de carácter permanente, de 5.395 m2, y temporal de 8.659 m2.
– Actuación 13: La nueva propuesta del promotor contempla una ocupación de los
HIC 92A0, 92D0 y 6420 (Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del MolinionHoloschoenion), de carácter permanente, de 6.294 m2, y temporal, de 2.893 m2.
En cuanto a la propuesta de nuevas medidas preventivas y correctoras, la
información complementaria detalla los criterios de restauración in situ de las zonas de
ocupación temporal, que se acometerán con carácter general mediante repoblación
forestal por plantación, con especies indicadoras de los hábitats afectados. La selección
de especies (detallada en la información adicional) variará en función de la proximidad a
la orilla y el grado de humedad del suelo. Además, detalla que seguirá un proceso de
preparación del terreno, selección de especies autóctonas, densidad de plantación
de 600 pies/ha, con zonas de amortiguamiento, época de plantación en otoño y
mantenimiento en las primeras fases tras la plantación. Como nuevas medidas
compensatorias, el promotor acepta la restauración ecológica del doble de la superficie
de HIC afectada por las obras en las zonas de los ríos Guadalquivir y Guadajoz. Los
terrenos elegidos tendrán continuidad con el medio natural, buena accesibilidad para
cve: BOE-A-2024-21107
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 132611
Como especie de flora de singular interés, se detecta afección al área de distribución
de Malvella sherardiana, especie incluida en la Lista Roja de la Flora Vascular de la
Junta de Andalucía, con la categoría de Vulnerable. No obstante, el promotor confirma
que se realizarán nuevas prospecciones botánicas sobre las zonas de ocupación, antes
de las obras, para detectar la posible presencia de esta u otras especies de flora y
proceder a su señalización y exclusión de la zona de obras.
En la fase de explotación, el impacto residual que queda sobre la vegetación, al igual
que el que se produce sobre el suelo, se ciñe a las zonas de ocupación permanente,
donde no se podrá recuperar in situ la vegetación afectada.
Las medidas propuestas por el promotor son poco precisas y de carácter genérico,
basadas en la señalización y exclusión de zonas que alberguen comunidades de flora
protegida o HIC, así como la aplicación de las buenas prácticas habituales para la
protección de la vegetación y restauración posterior de zonas temporales de obras con
especies autóctonas.
El Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Dirección General de
Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático y su Delegación Territorial en Córdoba de la
Junta de Andalucía destacan la afección al HIC 92D0 (Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae) y solicitan al
promotor una evaluación e identificación de especies afectadas más detallada. Además,
consideran inasumible la afección al HIC 92A0, salvo que se restaure el doble de
superficie afectada, en zonas cercanas de calidad adecuada, sin contar en la
computación de esta superficie la restauración en zonas de ocupación temporal. Los
lugares seleccionados deberán ser consensuados con el Servicio de Espacios Naturales.
Además, añade una serie de medidas que se integran en el apartado de condiciones de
esta resolución.
Como resultado del análisis técnico, se solicita al promotor que detalle medidas
específicas de restauración y compensación de hábitats afectados en la actuación 1 en
Villa del Río, especificando los tipos de hábitats a restaurar, superficies, métodos y
seguimiento. De igual modo, se le solicita, para la actuación 13 sobre el río Guadajoz, un
nuevo estudio de campo para inventariar los hábitats afectados por la nueva alternativa
propuesta o replanteo de la actual, y definir medidas de recuperación y compensación,
aplicables a una superficie equivalente al doble de la superficie afectada, como medida
de garantía de efectividad. Por último, se solicita el detalle de los procesos constructivos
de los viaductos, con objeto de cuantificar las superficies y periodos de afección y las
medidas para garantizar la continuidad del río durante las obras.
El promotor, en su respuesta, aporta información adicional sobre los impactos de
determinadas actuaciones:
– Actuación 1: La nueva información del promotor especifica una ocupación del
HIC 92A0, de carácter permanente, de 5.395 m2, y temporal de 8.659 m2.
– Actuación 13: La nueva propuesta del promotor contempla una ocupación de los
HIC 92A0, 92D0 y 6420 (Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del MolinionHoloschoenion), de carácter permanente, de 6.294 m2, y temporal, de 2.893 m2.
En cuanto a la propuesta de nuevas medidas preventivas y correctoras, la
información complementaria detalla los criterios de restauración in situ de las zonas de
ocupación temporal, que se acometerán con carácter general mediante repoblación
forestal por plantación, con especies indicadoras de los hábitats afectados. La selección
de especies (detallada en la información adicional) variará en función de la proximidad a
la orilla y el grado de humedad del suelo. Además, detalla que seguirá un proceso de
preparación del terreno, selección de especies autóctonas, densidad de plantación
de 600 pies/ha, con zonas de amortiguamiento, época de plantación en otoño y
mantenimiento en las primeras fases tras la plantación. Como nuevas medidas
compensatorias, el promotor acepta la restauración ecológica del doble de la superficie
de HIC afectada por las obras en las zonas de los ríos Guadalquivir y Guadajoz. Los
terrenos elegidos tendrán continuidad con el medio natural, buena accesibilidad para
cve: BOE-A-2024-21107
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 249