II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-21088)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Básica de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 132368
Los miembros de familias numerosas y de familias monoparentales de categoría
especial. Estas personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación
oficial en vigor que acredite dicha condición.
Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la
mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Las personas aspirantes que estén en situación de exclusión social. Estas personas
deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación oficial en vigor que acredite
dicha condición, expedido por el órgano competente en materia de bienestar social del
ayuntamiento de residencia.
3.6.2
examen:
Disfrutarán de una bonificación del 50 % en el pago de los derechos de
Los miembros de familias numerosas y familias monoparentales de categoría
general. Estas personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación
oficial en vigor que acredite la citada condición.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse
exenta del pago determinará la exclusión de la persona aspirante.
3.7 Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar medidas de
adaptación deberán indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la
solicitud de participación. Asimismo, deberán señalar también la medida o las medidas
de adaptación requeridas.
En el anexo VI figura la lista de medidas de adaptación posibles. Para que les sea
aplicada la medida de adaptación correspondiente deberán adjuntar a la solicitud de
participación los certificados del grado de discapacidad y del dictamen técnico facultativo
expedido por el órgano competente.
Sin adjuntar este último documento no será posible la concesión de la adaptación
solicitada.
3.8 Los errores materiales que se puedan advertir en la solicitud de participación se
podrán corregir en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.
A estos efectos, las personas aspirantes que hubieran iniciado el procedimiento
acreditando su identidad con un NIE y hubieran obtenido con posterioridad el DNI,
deberán aportar el nuevo documento de identidad al Servei de Recursos Humans (PAS)
a través de la Sede Electrónica, junto con el certificado de concordancia entre ambos
documentos, emitido por la Oficina de Extranjeros para la modificación de los datos
correspondientes.
Admisión de las personas aspirantes.
4.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación y
después de la comprobación del cumplimiento de todos los requisitos señalados en esta
convocatoria y que se han pagado los derechos de examen y/o la justificación de la
exención del abono de estos, la rectora dictará una resolución, que se publicará en el
«Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y que contendrá la lista provisional
de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, se iniciará un plazo de 10 días hábiles para que se puedan
formular alegaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de
acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de alegaciones o la subsanación de defectos que hayan motivado la
exclusión deberá realizarse en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat de
cve: BOE-A-2024-21088
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 132368
Los miembros de familias numerosas y de familias monoparentales de categoría
especial. Estas personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación
oficial en vigor que acredite dicha condición.
Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la
mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Las personas aspirantes que estén en situación de exclusión social. Estas personas
deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación oficial en vigor que acredite
dicha condición, expedido por el órgano competente en materia de bienestar social del
ayuntamiento de residencia.
3.6.2
examen:
Disfrutarán de una bonificación del 50 % en el pago de los derechos de
Los miembros de familias numerosas y familias monoparentales de categoría
general. Estas personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación
oficial en vigor que acredite la citada condición.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse
exenta del pago determinará la exclusión de la persona aspirante.
3.7 Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar medidas de
adaptación deberán indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la
solicitud de participación. Asimismo, deberán señalar también la medida o las medidas
de adaptación requeridas.
En el anexo VI figura la lista de medidas de adaptación posibles. Para que les sea
aplicada la medida de adaptación correspondiente deberán adjuntar a la solicitud de
participación los certificados del grado de discapacidad y del dictamen técnico facultativo
expedido por el órgano competente.
Sin adjuntar este último documento no será posible la concesión de la adaptación
solicitada.
3.8 Los errores materiales que se puedan advertir en la solicitud de participación se
podrán corregir en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.
A estos efectos, las personas aspirantes que hubieran iniciado el procedimiento
acreditando su identidad con un NIE y hubieran obtenido con posterioridad el DNI,
deberán aportar el nuevo documento de identidad al Servei de Recursos Humans (PAS)
a través de la Sede Electrónica, junto con el certificado de concordancia entre ambos
documentos, emitido por la Oficina de Extranjeros para la modificación de los datos
correspondientes.
Admisión de las personas aspirantes.
4.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación y
después de la comprobación del cumplimiento de todos los requisitos señalados en esta
convocatoria y que se han pagado los derechos de examen y/o la justificación de la
exención del abono de estos, la rectora dictará una resolución, que se publicará en el
«Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y que contendrá la lista provisional
de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, se iniciará un plazo de 10 días hábiles para que se puedan
formular alegaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de
acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de alegaciones o la subsanación de defectos que hayan motivado la
exclusión deberá realizarse en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat de
cve: BOE-A-2024-21088
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.