V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. CIUDAD DE CEUTA. (BOE-B-2024-36898)
Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre solicitud de autorización administrativa previa y de construcción (Aprobación del Proyecto de Ejecución) del nuevo Centro de Transformación EAEC075 "Estación Marítima", y de las Líneas Subterráneas de Media Tensión a 15 kV necesarias para su conexionado comprendidas desde Centro de Transformación EAEC075 "Estación Marítima" y "Arqueta de Empalme".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. V-B. Pág. 57268
2º.- APROBAR la Autorización Administrativa de Construcción (Aprobación del
Proyecto de Ejecución).
Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de la
autorización de explotación, dirigida al Servicio de Industria y Energía de la Ciudad
Autónoma de Ceuta para dar cumplimiento a los trámites reglamentarios
ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 3ª del Real Decreto 1.955/2.000, de
1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica y la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del sector eléctrico.
A dicha solicitud se acompañará un certificado de final de obra suscrito por
técnico facultativo competente, en el que conste que la instalación se ha realizado
de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución
aprobado, así como las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la
materia.
El plazo establecido para la ejecución de la reforma de la instalación será de
doce meses, indicando que si transcurrido dicho plazo, no ha sido emitido el
certificado final de obra y solicitada el acta de puesta en servicio, podrá el
peticionario, por razones justificadas, requerir la prórroga del plazo establecido.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposición, en el plazo
de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ceuta, 1 de octubre de 2024.- Jefe de Servicio de Industria y Energía, Manuel
Jurado Belmonte.
cve: BOE-B-2024-36898
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240045590-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. V-B. Pág. 57268
2º.- APROBAR la Autorización Administrativa de Construcción (Aprobación del
Proyecto de Ejecución).
Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de la
autorización de explotación, dirigida al Servicio de Industria y Energía de la Ciudad
Autónoma de Ceuta para dar cumplimiento a los trámites reglamentarios
ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 3ª del Real Decreto 1.955/2.000, de
1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica y la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del sector eléctrico.
A dicha solicitud se acompañará un certificado de final de obra suscrito por
técnico facultativo competente, en el que conste que la instalación se ha realizado
de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución
aprobado, así como las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la
materia.
El plazo establecido para la ejecución de la reforma de la instalación será de
doce meses, indicando que si transcurrido dicho plazo, no ha sido emitido el
certificado final de obra y solicitada el acta de puesta en servicio, podrá el
peticionario, por razones justificadas, requerir la prórroga del plazo establecido.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposición, en el plazo
de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ceuta, 1 de octubre de 2024.- Jefe de Servicio de Industria y Energía, Manuel
Jurado Belmonte.
cve: BOE-B-2024-36898
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240045590-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X