III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-20980)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se aprueba el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Química en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 131307
del Gobierno en materia educativa y de formación profesional del sistema educativo y
para el empleo.
Segundo.
Que corresponde a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía (Decreto del
Presidente núm. 19/2024, de 15 de julio, de Reorganización de la Administración
Regional (BORM núm. 164, de 16 de julio) ejercer las competencias atribuidas a la
Administración autonómica en las materias relativas al fomento de las políticas activas
de empleo y formación, incluida la formación ocupacional y continua; resultando de
interés del citado Departamento la suscripción del presente convenio.
Tercero.
Que mediante el Real Decreto 73/2017, de 10 de febrero, se califica como Centro de
Referencia Nacional al Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de
Cartagena (Murcia) en el área profesional Análisis y control, en el área profesional
Proceso Químico, en área profesional Farmaquímica, en el área profesional Pasta, Papel
y Cartón y en el área profesional Transformación de Polímeros de la familia profesional
Química, en el ámbito de la formación profesional.
Cuarto.
El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de
Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, establece en su artículo 7
que se elaborará un Plan de Actuación Plurianual de carácter estatal, para el desarrollo
de las funciones de los Centros de Referencia Nacional en colaboración con las
comunidades autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas.
El Plan de Actuación Plurianual Estatal establecerá los objetivos prioritarios, los
procedimientos y mecanismos de coordinación, seguimiento y evaluación de la Red, así
como las Comisiones de Coordinación correspondientes.
En función del Plan de Actuación, la Administración General del Estado, en
colaboración con las comunidades autónomas, establecerá los criterios de distribución
presupuestaria para la ejecución del mismo.
Asimismo, incluirá los procedimientos e indicadores de calidad que permitan evaluar
el cumplimiento de los fines y objetivos de los Centros.
Dicho artículo añade que para cada uno de los Centros de Referencia Nacional se
acordará un Plan de Actuación Plurianual, con la misma duración del Plan de Actuación
Plurianual de carácter estatal, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro, que
será reflejado en un convenio entre la Administración General del Estado y la
Administración autonómica.
La LXXX Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en
reunión de 18 de noviembre de 2022 ha informado el Plan de Actuación
Plurianual 2023-2026 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el
ámbito de la formación profesional.
Sexto.
Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el Consejo
Social del Centro de Referencia Nacional de Química, celebró una reunión el 14 de abril
de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 para el Centro.
Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero,
es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación
cve: BOE-A-2024-20980
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 131307
del Gobierno en materia educativa y de formación profesional del sistema educativo y
para el empleo.
Segundo.
Que corresponde a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía (Decreto del
Presidente núm. 19/2024, de 15 de julio, de Reorganización de la Administración
Regional (BORM núm. 164, de 16 de julio) ejercer las competencias atribuidas a la
Administración autonómica en las materias relativas al fomento de las políticas activas
de empleo y formación, incluida la formación ocupacional y continua; resultando de
interés del citado Departamento la suscripción del presente convenio.
Tercero.
Que mediante el Real Decreto 73/2017, de 10 de febrero, se califica como Centro de
Referencia Nacional al Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de
Cartagena (Murcia) en el área profesional Análisis y control, en el área profesional
Proceso Químico, en área profesional Farmaquímica, en el área profesional Pasta, Papel
y Cartón y en el área profesional Transformación de Polímeros de la familia profesional
Química, en el ámbito de la formación profesional.
Cuarto.
El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de
Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, establece en su artículo 7
que se elaborará un Plan de Actuación Plurianual de carácter estatal, para el desarrollo
de las funciones de los Centros de Referencia Nacional en colaboración con las
comunidades autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas.
El Plan de Actuación Plurianual Estatal establecerá los objetivos prioritarios, los
procedimientos y mecanismos de coordinación, seguimiento y evaluación de la Red, así
como las Comisiones de Coordinación correspondientes.
En función del Plan de Actuación, la Administración General del Estado, en
colaboración con las comunidades autónomas, establecerá los criterios de distribución
presupuestaria para la ejecución del mismo.
Asimismo, incluirá los procedimientos e indicadores de calidad que permitan evaluar
el cumplimiento de los fines y objetivos de los Centros.
Dicho artículo añade que para cada uno de los Centros de Referencia Nacional se
acordará un Plan de Actuación Plurianual, con la misma duración del Plan de Actuación
Plurianual de carácter estatal, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro, que
será reflejado en un convenio entre la Administración General del Estado y la
Administración autonómica.
La LXXX Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en
reunión de 18 de noviembre de 2022 ha informado el Plan de Actuación
Plurianual 2023-2026 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el
ámbito de la formación profesional.
Sexto.
Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el Consejo
Social del Centro de Referencia Nacional de Química, celebró una reunión el 14 de abril
de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 para el Centro.
Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero,
es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación
cve: BOE-A-2024-20980
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.