III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-20979)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se aprueba el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Gestión Ambiental y el Centro de Referencia Nacional de Logística Comercial y Gestión del Transporte en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 131295
Plurianual 2023-2026 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el
ámbito de la formación profesional.
Sexto.
Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el Consejo
Social del Centro de Referencia Nacional de Gestión Ambiental, celebró una reunión
el 17 de enero de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026
para el Centro. De la misma forma, el Consejo Social del Centro de Referencia Nacional
de Logística Comercial y Gestión del Transporte celebró una reunión el 9 de enero
de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 para el Centro.
Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero,
es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación
Plurianual, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro. Este Plan de Actuación
Plurianual, debe observar la forma de convenio entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, y la Comunidad Autónoma de Aragón.
Séptimo.
Por todo lo anterior, el presente convenio entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, y la Comunidad Autónoma de Aragón tiene por objeto
la aprobación del Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia
Nacional de Gestión Ambiental y del Centro de Referencia Nacional de Logística
Comercial y Gestión del Transporte.
Octavo.
Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con
sujetos de derecho privado para un fin común.
De conformidad con los principios generales contemplados en el artículo 3 de la
misma ley, las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y
actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización,
desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la ley y al
Derecho y en el desarrollo de su actividad deben aplicar en sus relaciones, entre otros, el
principio de cooperación, colaboración y coordinación con otras Administraciones
Públicas.
Que, en consecuencia, la Administración General del Estado, a través del Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes, y la Comunidad Autónoma de Aragón
están habilitadas para la suscripción del presente convenio.
Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión pública en
el ámbito de la formación profesional, facilita la utilización conjunta de medios y servicios
públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y carece de
contenido económico con lo que no se ve afectado por la legislación de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, todo ello conforme a lo dispuesto en el
artículo 48.3 de la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Décimo.
Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2024-20979
Verificable en https://www.boe.es
Noveno.
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 131295
Plurianual 2023-2026 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el
ámbito de la formación profesional.
Sexto.
Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el Consejo
Social del Centro de Referencia Nacional de Gestión Ambiental, celebró una reunión
el 17 de enero de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026
para el Centro. De la misma forma, el Consejo Social del Centro de Referencia Nacional
de Logística Comercial y Gestión del Transporte celebró una reunión el 9 de enero
de 2023, en el que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 para el Centro.
Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero,
es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación
Plurianual, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro. Este Plan de Actuación
Plurianual, debe observar la forma de convenio entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, y la Comunidad Autónoma de Aragón.
Séptimo.
Por todo lo anterior, el presente convenio entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, y la Comunidad Autónoma de Aragón tiene por objeto
la aprobación del Plan de Actuación Plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia
Nacional de Gestión Ambiental y del Centro de Referencia Nacional de Logística
Comercial y Gestión del Transporte.
Octavo.
Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con
sujetos de derecho privado para un fin común.
De conformidad con los principios generales contemplados en el artículo 3 de la
misma ley, las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y
actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización,
desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la ley y al
Derecho y en el desarrollo de su actividad deben aplicar en sus relaciones, entre otros, el
principio de cooperación, colaboración y coordinación con otras Administraciones
Públicas.
Que, en consecuencia, la Administración General del Estado, a través del Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes, y la Comunidad Autónoma de Aragón
están habilitadas para la suscripción del presente convenio.
Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión pública en
el ámbito de la formación profesional, facilita la utilización conjunta de medios y servicios
públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y carece de
contenido económico con lo que no se ve afectado por la legislación de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, todo ello conforme a lo dispuesto en el
artículo 48.3 de la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Décimo.
Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2024-20979
Verificable en https://www.boe.es
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