II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-20952)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 25 de mayo de 2024, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248

Lunes 14 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 131025

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
20952

Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
corrigen errores en la de 25 de mayo de 2024, por la que se convoca proceso
selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción
interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad
Social.

Advertidos errores en la Resolución de 25 de mayo de 2024 («Boletín Oficial del
Estado» de 5 de junio) de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para
ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo
Administrativo de la Administración de la Seguridad Social, se procede a efectuar las
oportunas rectificaciones:
Dentro de las bases específicas, en el punto 2.1 Sistema, donde dice:
«El proceso selectivo para las personas aspirantes que se presenten por el sistema
general de acceso libre constará de fase de oposición, con las valoraciones, ejercicio y
puntuaciones que se especifican en el anexo I.»
Debe decir:
«El proceso selectivo para las personas aspirantes que se presenten por el sistema
general de acceso libre se realizará mediante el sistema de oposición, con las
valoraciones, ejercicio y puntuaciones que se especifican en el anexo I.»

«La duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo, salvo causa
justificada, no podrá ser superior a nueve meses.
El ejercicio que forma parte del proceso de oposición se celebrará en un plazo
máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el
“Boletín Oficial del Estado” conforme al artículo 3.3 del Real Decreto 625/2023, de 11 de
julio, por la que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023.
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con otros
procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de ejercicios o
cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquél cuyo primer apellido comience por la letra “W” o por la letra “X” en el supuesto de
que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “W”, y así
sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de
Estado de Función Pública de 27 de julio de 2023 (BOE del 29 de julio), por la que se
publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración del Estado.»
Debe decir:
«La duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo, salvo causa
justificada, no podrá ser superior a nueve meses.

cve: BOE-A-2024-20952
Verificable en https://www.boe.es

Dentro de las bases específicas, en el punto 2.3 Desarrollo, donde dice: