II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2024-20957)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de La Rioja.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 131139
Se podrá modificar o anular la solicitud en cualquier momento durante el plazo de
presentación de solicitudes. En el caso de modificación se deberá presentar nueva
solicitud electrónicamente la anterior. Finalizado el plazo indicado no se admitirán ni la
modificación de solicitudes ni la retirada de las mismas.
Tercera.
Méritos.
Se podrá enviar curriculum vitae para hacer constar los méritos que se consideren
oportunos. El envío de dicho curriculum y/o cualquier otra documentación. Se realizará
igualmente por medios electrónicos.
El tamaño total de los archivos para cada envío que se realice, no podrá superar
los 20 Mb. Se podrá efectuar tantos envíos de documentos como se desee siempre que
cada de ellos no supere dicho tamaño.
Cuarta.
Criterios de valoración.
La selección se efectuará mediante la apreciación libre de los méritos que se
acrediten y de sus condiciones personales y profesionales para el desempeño de las
correspondientes funciones, pudiendo declararse desierta la provisión aunque quienes
concurran, reúnan los requisitos exigidos.
Quinta. Resolución de la convocatoria.
La Directora General de Justicia e Interior resolverá la convocatoria mediante la
resolución de nombramiento correspondiente y de acuerdo, en su caso, con los
resultados de la apreciación libre de los méritos de las personas solicitantes. Esta
resolución que provea la plaza se resolverá en el plazo máximo de un mes, una vez
finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Sexta.
Efectos de la adscripción al puesto de trabajo.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse
recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja» y en el «Boletín Oficial del Estado»,
conforme a lo dispuesto en los artículos 8.2, 14.2, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa. Potestativamente podrá
interponerse recurso de reposición ante esta Consejería de Salud y Políticas Sociales,
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a los
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Logroño, 26 de septiembre de 2024.–La Directora General de Justicia e Interior,
Tania Sáez Martínez.
cve: BOE-A-2024-20957
Verificable en https://www.boe.es
El personal fijo adscrito a un puesto de trabajo mediante el procedimiento de libre
designación lo será con carácter definitivo, sin que quepa reserva alguna de anteriores
puestos de trabajo.
El personal adscrito a un puesto de trabajo mediante el procedimiento de libre
designación podrá ser removido discrecionalmente del mismo por la persona titular de la
Dirección General de Justicia e Interior.
A los efectos de plazos de toma de posesión y cese, se estará a lo dispuesto en los
artículos 61 y 62 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del
personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 131139
Se podrá modificar o anular la solicitud en cualquier momento durante el plazo de
presentación de solicitudes. En el caso de modificación se deberá presentar nueva
solicitud electrónicamente la anterior. Finalizado el plazo indicado no se admitirán ni la
modificación de solicitudes ni la retirada de las mismas.
Tercera.
Méritos.
Se podrá enviar curriculum vitae para hacer constar los méritos que se consideren
oportunos. El envío de dicho curriculum y/o cualquier otra documentación. Se realizará
igualmente por medios electrónicos.
El tamaño total de los archivos para cada envío que se realice, no podrá superar
los 20 Mb. Se podrá efectuar tantos envíos de documentos como se desee siempre que
cada de ellos no supere dicho tamaño.
Cuarta.
Criterios de valoración.
La selección se efectuará mediante la apreciación libre de los méritos que se
acrediten y de sus condiciones personales y profesionales para el desempeño de las
correspondientes funciones, pudiendo declararse desierta la provisión aunque quienes
concurran, reúnan los requisitos exigidos.
Quinta. Resolución de la convocatoria.
La Directora General de Justicia e Interior resolverá la convocatoria mediante la
resolución de nombramiento correspondiente y de acuerdo, en su caso, con los
resultados de la apreciación libre de los méritos de las personas solicitantes. Esta
resolución que provea la plaza se resolverá en el plazo máximo de un mes, una vez
finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Sexta.
Efectos de la adscripción al puesto de trabajo.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse
recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja» y en el «Boletín Oficial del Estado»,
conforme a lo dispuesto en los artículos 8.2, 14.2, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa. Potestativamente podrá
interponerse recurso de reposición ante esta Consejería de Salud y Políticas Sociales,
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a los
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Logroño, 26 de septiembre de 2024.–La Directora General de Justicia e Interior,
Tania Sáez Martínez.
cve: BOE-A-2024-20957
Verificable en https://www.boe.es
El personal fijo adscrito a un puesto de trabajo mediante el procedimiento de libre
designación lo será con carácter definitivo, sin que quepa reserva alguna de anteriores
puestos de trabajo.
El personal adscrito a un puesto de trabajo mediante el procedimiento de libre
designación podrá ser removido discrecionalmente del mismo por la persona titular de la
Dirección General de Justicia e Interior.
A los efectos de plazos de toma de posesión y cese, se estará a lo dispuesto en los
artículos 61 y 62 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del
personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.