II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Destinos. (BOE-A-2024-20931)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248

Lunes 14 de octubre de 2024

Sec. II.A. Pág. 130939

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
20931

Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Relaciones
con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia,
Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino
al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo,
convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005,
de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración
de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se
relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa por Orden de 2 de octubre de 2024 teniendo en cuenta lo
siguiente:
Primero.
Al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se le
otorga destino en esta resolución, deberá tomar posesión de su cargo ante el
responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial
del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en
el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente
antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos,
por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Dirección General.

El personal funcionario destinados en virtud de esta resolución, que pertenezca ya al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opte por
continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplace a
tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de
toma de posesión señalado en el apartado primero, comunique, en su caso, a la
Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades
Autónomas con traspasos recibidos, dicha opción, a los efectos de declaración de
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de acceso y promoción del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en
la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la Gerencia Territorial

cve: BOE-A-2024-20931
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Segundo.