III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Entidades de inspección y control. (BOE-A-2024-20997)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Industria, del Departamento de Empresa y Trabajo, por la que se designa a Applus Metrology, SL, como organismo notificado de instrumentos de pesaje de funcionamiento automático y de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 131484
de la entidad y las limitaciones de alcance y rangos de medida establecidos en la misma.
Por este motivo, cualquier modificación que se produzca en el anexo técnico de esta
acreditación deberá ser comunicada a esta Dirección General en un plazo máximo de
diez días y previo a su aplicación como Organismo Notificado.
Segunda. El número de identificación de la entidad Applus Metrology, SL, como
Organismo Notificado, será el 0962, en base a la Directiva 2014/31/UE y a la
Directiva 2014/32/UE.
Tercera. La entidad Applus Metrology, SL, en su actuación como Organismo
Notificado, estará sometido en todo momento a lo establecido en la Ley 32/2014, de 22
de diciembre, de Metrología, en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, en las
disposiciones que regulan el control metrológico del Estado de los instrumentos de
medida a los que esté designado, así como también a cualquier otra instrucción o
disposición emitida por esta Dirección General.
Cuarta. La entidad Applus Metrology, SL, deberá satisfacer de forma continuada los
requisitos establecidos en la normativa aplicable para ser designado como Organismo
Notificado, y deberán notificar a esta Dirección General cualquier cambio que pueda
afectar a estos requisitos.
Quinta. La presente designación como Organismo Notificado de la entidad Applus
Metrology, SL, mantendrá su vigencia siempre y cuando la entidad cumpla con los
requisitos que fueron de base para su designación establecidos en el Real
Decreto 244/2016, de 3 de junio, y de cumplimiento en lo establecido en cualquier
Directriz del Consejo Superior de Metrología referida al artículo 16.2 de la Ley 32/2014,
de 22 de diciembre y del artículo 8.3 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio. En el
caso de que la acreditación otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación sea
suspendida o retirada, o se detectara que la entidad no cumpliera con sus compromisos
de acreditación, la presente designación quedará sin efecto de manera automática, hasta
la resolución del correspondiente procedimiento de suspensión o retirada por parte de
esta Dirección General. Además, la presente designación puede ser también restringida,
suspendida o retirada en los casos establecidos en el artículo 64 del Real
Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Sexta. Las actuaciones como Organismo Notificado de la entidad Applus Metrology,
SL, estarán sometidos en todo momento a la intervención y control que establezca esta
Dirección General.
Séptima. La entidad Applus Metrology, SL, como Organismo Notificado, presentará
anualmente a esta Dirección General un informe de actuaciones llevadas a cabo dentro
de nuestro ámbito territorial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.3 del Real
Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Octava. La entidad Applus Metrology, SL, como Organismo Notificado, colaborará
con las Administraciones Públicas con competencia ejecutiva en el control metrológico
del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.4 del Real Decreto 244/2016,
de 3 de junio.
Barcelona, 19 de septiembre de 2024.–El Director General de Industria, P. D.
(Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad
Industrial, Florenci Hernández Cardona.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-20997
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede
interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se
pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Núm. 248
Lunes 14 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 131484
de la entidad y las limitaciones de alcance y rangos de medida establecidos en la misma.
Por este motivo, cualquier modificación que se produzca en el anexo técnico de esta
acreditación deberá ser comunicada a esta Dirección General en un plazo máximo de
diez días y previo a su aplicación como Organismo Notificado.
Segunda. El número de identificación de la entidad Applus Metrology, SL, como
Organismo Notificado, será el 0962, en base a la Directiva 2014/31/UE y a la
Directiva 2014/32/UE.
Tercera. La entidad Applus Metrology, SL, en su actuación como Organismo
Notificado, estará sometido en todo momento a lo establecido en la Ley 32/2014, de 22
de diciembre, de Metrología, en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, en las
disposiciones que regulan el control metrológico del Estado de los instrumentos de
medida a los que esté designado, así como también a cualquier otra instrucción o
disposición emitida por esta Dirección General.
Cuarta. La entidad Applus Metrology, SL, deberá satisfacer de forma continuada los
requisitos establecidos en la normativa aplicable para ser designado como Organismo
Notificado, y deberán notificar a esta Dirección General cualquier cambio que pueda
afectar a estos requisitos.
Quinta. La presente designación como Organismo Notificado de la entidad Applus
Metrology, SL, mantendrá su vigencia siempre y cuando la entidad cumpla con los
requisitos que fueron de base para su designación establecidos en el Real
Decreto 244/2016, de 3 de junio, y de cumplimiento en lo establecido en cualquier
Directriz del Consejo Superior de Metrología referida al artículo 16.2 de la Ley 32/2014,
de 22 de diciembre y del artículo 8.3 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio. En el
caso de que la acreditación otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación sea
suspendida o retirada, o se detectara que la entidad no cumpliera con sus compromisos
de acreditación, la presente designación quedará sin efecto de manera automática, hasta
la resolución del correspondiente procedimiento de suspensión o retirada por parte de
esta Dirección General. Además, la presente designación puede ser también restringida,
suspendida o retirada en los casos establecidos en el artículo 64 del Real
Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Sexta. Las actuaciones como Organismo Notificado de la entidad Applus Metrology,
SL, estarán sometidos en todo momento a la intervención y control que establezca esta
Dirección General.
Séptima. La entidad Applus Metrology, SL, como Organismo Notificado, presentará
anualmente a esta Dirección General un informe de actuaciones llevadas a cabo dentro
de nuestro ámbito territorial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.3 del Real
Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Octava. La entidad Applus Metrology, SL, como Organismo Notificado, colaborará
con las Administraciones Públicas con competencia ejecutiva en el control metrológico
del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.4 del Real Decreto 244/2016,
de 3 de junio.
Barcelona, 19 de septiembre de 2024.–El Director General de Industria, P. D.
(Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad
Industrial, Florenci Hernández Cardona.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-20997
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede
interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se
pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.