III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-20885)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Con un Pie Fuera, para el desarrollo del programa PCAS/Fuera de la Red, PRIA-MA y Encuentro, de intervención en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 130508

condenas a medidas y penas alternativas, y aquellos internos condenados a privación de
libertad que así lo requieran.
2. Colaborar en la formación de los especialistas necesarios para la adecuada
aplicación del taller o programa de intervención a desarrollar.
3. Facilitar el material de trabajo, la metodología de aplicación y los instrumentos
necesarios para el desarrollo del taller o programa.
4. Establecer un plan de seguimiento, evaluación y control de la calidad del taller o
programa.
5. Coordinar e integrar todas las actuaciones realizadas, a fin de dar fiel
cumplimiento del taller o programa a los destinatarios del mismo.
6. Adoptar las medidas de seguridad oportunas cuando el programa o taller se
desarrolle en un Centro de Inserción Social.
Tercera.

Compromisos que asume la Asociación.

La Asociación se compromete a:
1. Desarrollar el Taller/Programa conforme al modelo y programa marco establecido
por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
2. Aportar a los profesionales adecuados y necesarios para el desarrollo del Taller/
Programa objeto del presente convenio.
Cuarta.

Obligaciones económicas o contractuales.

Del presente convenio no se generarán obligaciones de carácter económico para
ninguna de las partes.
Asimismo, en ningún caso se derivarán relaciones de naturaleza laboral, contractual,
funcionarial o estatuaria entre los profesionales que realicen los talleres o programas y la
Administración Penitenciaria.
Quinta. Recursos humanos.
El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre
las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del
mismo.
Confidencialidad y protección de datos.

1. La Asociación/Fundación se compromete a mantener en secreto todos los datos
e informaciones facilitados por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y
que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente convenio. En particular,
será considerado como información confidencial todos los datos relativos al penado,
debiendo la Asociación/Fundación mantener dicha información en reserva y secreto y no
revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que
no sea parte del presente convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente en
materia de protección de datos, en concreto, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2021,
de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención,
detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de
sanciones penales, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de
Protección de Datos en lo que resulten de aplicación.
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter
personal respectivamente recabados en el ámbito del trabajo en beneficio de la
comunidad. El acceso a los datos por parte de una de las entidades al tratamiento de la
otra parte, se realizará con la condición de encargado de tratamiento, única y

cve: BOE-A-2024-20885
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.