III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-20895)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica la Adenda de segunda prórroga del Convenio de cooperación educativa con la Universidad Carlos III de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 130586

aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad
de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
La CNMC y la UC3M serán denominados conjuntamente como las «Partes» e
individualmente cada una de ellas como la «Parte». Ambas Partes se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para otorgar el
presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que con fecha 20 de octubre de 2021 la CNMC y la Universidad Carlos III de
Madrid suscribieron un Convenio de Cooperación Educativa de Prácticas Académicas
Externas de estudiantes de doctorado.
Dicho convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) en fecha 27 de octubre de 2021 y publicado en
el «Boletín Oficial del Estado» número 267, del 8 de noviembre 2021.
II. Que la cláusula undécima del citado Convenio establece que el mismo tendrá
una duración inicial de dos (2) años, y que se podrá prorrogar por sucesivos periodos
anuales, antes de su vencimiento, hasta un máximo de dos (2) años adicionales.
III. Que el 9 de octubre de 2023, ya se firmó una primera prórroga, que fue inscrita
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (ROICO)
en fecha 27 de octubre de 2023.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose la capacidad legal necesaria en la
representación en la que actúan, ambas partes acuerdan suscribir una segunda prórroga
del convenio de cooperación educativa de prácticas académicas externas para
estudiantes de doctorado de la universidad, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Prórroga del convenio.

De acuerdo con lo señalado en la cláusula undécima del convenio inicial, expresada
la conformidad por ambas partes, y con informe favorable de los respectivos servicios
jurídicos, se prorroga el actual convenio, por un periodo adicional de 1 año, en sus
mismos términos y condiciones.
Segunda.

Vigencia del convenio.

El plazo de vigencia del convenio se extenderá desde el 27 de octubre de 2024 hasta
el 26 de octubre de 2025.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición
adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, tras la firma de la presente adenda
de prórroga, la CNMC procederá a comunicar la suscripción de la misma, en el plazo de
cinco días hábiles desde su formalización, al Registro Electrónico estatal de Órganos e
lnstrumentos de Cooperación, asimismo será publicado en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». De igual modo, la prórroga
será publicitada a través del portal de transparencia de la CNMC y la web de la
Universidad.
Y, siendo de conformidad, las partes firman el presente convenio, en Madrid, a 30 de
septiembre de 2024.–Por la CNMC, José Manuel Bernabé Sánchez, Secretario
General.–Por la Universidad Carlos III de Madrid, José Vida Fernández, Secretario
General.
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-20895
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación, publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y publicidad.