II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-20853)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 130403

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE CULTURA
20853

Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1, apartados b) y c), de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el título III,
capítulo III, del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda anunciar
convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de
trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las
siguientes bases:
Primera.
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los/las funcionarios/as
que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.
Segunda.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo
que figura en el anexo II, a la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección
de los Servicios (plaza del Rey, 1, 3.ª planta, Madrid), dentro del plazo de quince días
hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado», y las presentarán en el Registro del Ministerio de Cultura
(plaza del Rey, 1, Madrid), o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Tercera.
Los/las aspirantes acompañarán a la solicitud un currículum vitae, en el que harán
constar los títulos académicos y experiencia profesional que posean, además de
cualquier otra circunstancia y mérito que consideren oportuno poner de manifiesto,
incluido su conocimiento de idiomas.

El proceso de provisión podrá ser declarado desierto de forma motivada.
Quinta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al
domicilio del demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los

cve: BOE-A-2024-20853
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Cuarta.