III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Convenios. (BOE-A-2024-20894)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional Villanueva, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares del alumnado de titulaciones oficiales de Grado y Máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Decimoséptima.
Sec. III. Pág. 130584
Naturaleza y jurisdicción.
El presente convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que pudieran plantearse sobre su interpretación y ejecución, y que
no hubieran podido ser resueltas por la comisión mixta de Seguimiento prevista en la
cláusula undécima, deberán ser resueltas por la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
de acuerdo con la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.
Decimoctava.
Inscripción, publicidad y transparencia.
Tras la firma del presente convenio, la CNMV procederá a comunicar la suscripción
del mismo, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, al Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, asimismo será publicado en el plazo
de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», en
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del sector Público.
Sin perjuicio de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público y su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», el presente convenio será objeto de publicación en la página web de ambas
partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.1. b) de la Ley 19/2013, de 19
de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
cve: BOE-A-2024-20894
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman electrónicamente el presente convenio.–El Director General de
Grados y Posgrados Villanueva SA, Pedro Irastorza Vaca.–El Presidente de
la CNMV, P.D. (Resolución de 17 de noviembre de 2022), la Secretaria General, Natalia
Vitores Mingo.–El Secretario General de Grados y Posgrados Villanueva SA, Javier Sota
Ramos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Decimoséptima.
Sec. III. Pág. 130584
Naturaleza y jurisdicción.
El presente convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que pudieran plantearse sobre su interpretación y ejecución, y que
no hubieran podido ser resueltas por la comisión mixta de Seguimiento prevista en la
cláusula undécima, deberán ser resueltas por la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
de acuerdo con la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.
Decimoctava.
Inscripción, publicidad y transparencia.
Tras la firma del presente convenio, la CNMV procederá a comunicar la suscripción
del mismo, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, al Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, asimismo será publicado en el plazo
de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», en
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del sector Público.
Sin perjuicio de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público y su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», el presente convenio será objeto de publicación en la página web de ambas
partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.1. b) de la Ley 19/2013, de 19
de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
cve: BOE-A-2024-20894
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman electrónicamente el presente convenio.–El Director General de
Grados y Posgrados Villanueva SA, Pedro Irastorza Vaca.–El Presidente de
la CNMV, P.D. (Resolución de 17 de noviembre de 2022), la Secretaria General, Natalia
Vitores Mingo.–El Secretario General de Grados y Posgrados Villanueva SA, Javier Sota
Ramos.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X