III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-20879)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Antonio de Nebrija, para su reconocimiento como entidad evaluadora del Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 130454

actividades y acciones contribuyan a la consecución de los fines que tiene
encomendados y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como
lengua extranjera.
II. Que la Universidad Antonio de Nebrija, fue reconocida como universidad privada
por la Ley 23/1995, de 17 de julio (BOE número 170, de 18 julio), y aprobadas las
Normas de Organización y Funcionamiento por Decreto 6/2012 de 19 de enero (BOCM
número 23, de 27 de enero), goza de personalidad jurídica propia, y plena capacidad de
obrar dentro de su ámbito de actuación y tiene entre sus fines la preparación para el
ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y
métodos científicos y para la creación artística, y que estos fines, dado su carácter
educativo, son concurrentes o complementarios con los del Instituto Cervantes.
III. Que el Instituto Cervantes, para promover la difusión de la lengua y la cultura en
español decidió, entre otras medidas, crear el «Sistema de Acreditación de Centros
Instituto Cervantes» (SACIC, en adelante), un sello de calidad al que pueden postular
aquellos centros de enseñanza de español como lengua extranjera (ELE, en adelante)
que quieren ser reconocidos como «Centros Acreditados por el Instituto Cervantes»
porque han hecho de esta actividad una línea de su desarrollo docente y porque prestan
servicios de enseñanza y aprendizaje de acuerdo a los requisitos y estándares que
establece el Instituto Cervantes.
IV. Que la obtención del reconocimiento como «Centro Acreditado por el Instituto
Cervantes», tanto para centros de ELE en España como fuera de España se regula
mediante el procedimiento de acreditación y de evaluación que establece el SACIC. La
acreditación del SACIC corresponde al Instituto Cervantes, y prevé también la
colaboración con el Instituto Cervantes de otras instituciones en la evaluación. Así, el
Instituto Cervantes, para cumplir los objetivos del SACIC, comparte la actividad de
evaluación con otras instituciones especializadas en evaluación de la calidad y la
enseñanza de ELE, a las que reconoce como entidades evaluadoras para la labor de
evaluación de centros de ELE en el marco del SACIC.
V. Que el Instituto Cervantes y la Universidad Antonio de Nebrija están
interesadas en suscribir el presente convenio para reconocer a la Universidad Antonio
de Nebrija como entidad evaluadora del «Sistema de Acreditación de Centros Instituto
Cervantes» (SACIC).
VI. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda en fecha 2 de julio de 2024.
VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en su sesión de
fecha de 28 de abril de 2011, aprobó el Sistema de Acreditación de Centros ELE para
favorecer e impulsar la aplicación de estándares internacionales comunes a la
enseñanza de español como lengua extranjera (ELE), tanto en España como el exterior y
en su sesión de fecha de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma
de convenios con universidades y otras instituciones académicas.
En consecuencia, de todo lo anterior, y a tal efecto, las partes acuerdan suscribir el
presente convenio, que se regirá por las siguientes

Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto reconocer a la Universidad Antonio de Nebrija
de forma no exclusiva como entidad evaluadora del SACIC (en adelante, Entidad
Evaluadora) para la realización de las distintas tareas de evaluación de que dispone este
sistema de acreditación de centros de ELE, en los términos previstos en el presente
convenio.

cve: BOE-A-2024-20879
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