I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20842)
Real Decreto 958/2024, de 24 de septiembre, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 130370

Módulo Profesional: Itinerario personal para la empleabilidad I.
Equivalencia en créditos ECTS: 5.
Duración 50 %: 50 horas.
Duración 60 %: 50 horas.
Código: 1709.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Distingue las características del sector productivo y define los puestos de trabajo
relacionándolos con las competencias profesionales expresadas en el título.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado las principales oportunidades de empleo y de inserción laboral
en el sector profesional, identificando las posibilidades de empleo y analizado sus
requerimientos actuales para el perfil profesional.
b) Se ha comparado los diferentes requerimientos exigidos por el mercado laboral
con las exigencias para el trabajo en la función pública relacionados con el sector
privado.
c) Se ha reflexionado sobre las actitudes y aptitudes requeridas actualmente para la
actividad profesional relacionadas con el título, así como las competencias personales y
sociales más relevantes para el sector identificando nuestra zona de desarrollo próximo.
2. Adquiere las competencias necesarias para el desempeño de las funciones de
nivel básico en Prevención de Riesgos Laborales.

a) Se ha valorado la importancia de la cultura preventiva en todos los ámbitos
actividades de la empresa u organismo equiparado relacionado las condiciones laborales
con la salud de la persona trabajadora identificando y clasificando los factores de riesgo
en la actividad y los daños derivados de los mismos, especialmente las situaciones de
riesgo más habituales en los entornos de trabajo del sector profesional relacionado con
el título.
b) Se han clasificado y descrito los tipos de daños profesionales, con especial
referencia a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, relacionados con el
perfil profesional del título.
c) Se ha determinado la evaluación de riesgos en la empresa u organismo
equiparado y definido las técnicas de prevención y de protección que deben aplicarse
para evitar los daños en su origen y minimizar sus consecuencias.
d) Se han analizado los protocolos de actuación en caso de emergencia.
e) Se han determinado los principales derechos y deberes en materia de
prevención de riesgos laborales.
f) Se han clasificado las distintas formas de gestión de la prevención en la empresa
u organismo equiparado, en función de los distintos criterios establecidos en la normativa
sobre prevención de riesgos laborales y determinado las formas de representación de las
personas trabajadoras en la empresa u organismo equiparado en materia de prevención
de riesgos.
g) Se ha valorado la importancia de la existencia de un plan preventivo en la
empresa u organismo equiparado que incluya la secuenciación de actuaciones a realizar
en caso de emergencia y reflexionado sobre el contenido del mismo.
h) Se han determinado los requisitos y condiciones para la vigilancia de la salud de
la persona trabajadora y su importancia como medida de prevención.
i) Se han identificado las técnicas básicas de primeros auxilios que han de ser
aplicadas en el lugar del accidente ante distintos tipos de daños y la composición y uso
del botiquín.

cve: BOE-A-2024-20842
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Criterios de evaluación: