I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20842)
Real Decreto 958/2024, de 24 de septiembre, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 130354
e) Se han reconocido en un proceso productivo situaciones de riesgo en los
métodos de trabajo.
f) Se han elaborado informes sobre riesgos químicos en un proceso productivo para
información de las personas trabajadoras.
g) Se ha identificado la normativa vigente que hay que aplicar ante la exposición a
agentes químicos de riesgo.
h) Se han determinado las acciones que se deben tomar ante situaciones de
emergencia producidas por agentes de riesgo químico.
2. Aplica técnicas de detección y medida de la contaminación ambiental por
agentes químicos, describiendo técnicas y equipos y utilizando procedimientos
normalizados.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado y clasificado los sistemas de detección de agentes químicos
contaminantes.
b) Se han determinado las técnicas de toma de muestras de agentes químicos
contaminantes según la normativa establecida.
c) Se ha determinado el material y reactivos necesarios para la toma de muestras y
recogida de datos.
d) Se ha realizado la puesta a punto de los equipos de medida y toma de muestras
y calibrado según sus instrucciones.
e) Se ha realizado y/o controlado el mantenimiento de los equipos de medida y se
conoce su fiabilidad y exactitud.
f) Se han dejado los equipos medidores y reactivos en condiciones de uso.
g) Se han realizado pruebas cualitativas y cuantitativas in situ de contaminantes
químicos.
h) Se ha realizado toma de muestras para análisis químicos y en su caso solicitado
pruebas analíticas externas para una mejor evaluación de los riesgos.
3. Reconoce los métodos de evaluación de riesgos por exposición a agentes
químicos, aplicando criterios de valoración según la normativa vigente.
a) Se han identificado los riesgos en función de su gravedad, según los agentes
químicos contaminantes.
b) Se han clasificado los riesgos según la gravedad y las posibles consecuencias
para la salud.
c) Se han realizado valoraciones de los efectos sobre la salud.
d) Se han definido los criterios de evaluación de los riesgos por exposición a
diferentes agentes químicos.
e) Se han reconocido los valores de referencia de diversos agentes contaminantes
según la legislación vigente.
f) Se han comparado en un supuesto práctico los resultados obtenidos con los
valores de referencia dados por la normativa.
g) Se han utilizado procedimientos de cálculo de la exposición, identificando los
factores y variables que intervienen.
h) Se han elaborado documentos para la recogida de datos, su registro y
realización de informes.
4. Elabora medidas preventivas para diversas actividades productivas proponiendo
medidas correctoras y de protección ante riesgos químicos.
cve: BOE-A-2024-20842
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación:
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 130354
e) Se han reconocido en un proceso productivo situaciones de riesgo en los
métodos de trabajo.
f) Se han elaborado informes sobre riesgos químicos en un proceso productivo para
información de las personas trabajadoras.
g) Se ha identificado la normativa vigente que hay que aplicar ante la exposición a
agentes químicos de riesgo.
h) Se han determinado las acciones que se deben tomar ante situaciones de
emergencia producidas por agentes de riesgo químico.
2. Aplica técnicas de detección y medida de la contaminación ambiental por
agentes químicos, describiendo técnicas y equipos y utilizando procedimientos
normalizados.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado y clasificado los sistemas de detección de agentes químicos
contaminantes.
b) Se han determinado las técnicas de toma de muestras de agentes químicos
contaminantes según la normativa establecida.
c) Se ha determinado el material y reactivos necesarios para la toma de muestras y
recogida de datos.
d) Se ha realizado la puesta a punto de los equipos de medida y toma de muestras
y calibrado según sus instrucciones.
e) Se ha realizado y/o controlado el mantenimiento de los equipos de medida y se
conoce su fiabilidad y exactitud.
f) Se han dejado los equipos medidores y reactivos en condiciones de uso.
g) Se han realizado pruebas cualitativas y cuantitativas in situ de contaminantes
químicos.
h) Se ha realizado toma de muestras para análisis químicos y en su caso solicitado
pruebas analíticas externas para una mejor evaluación de los riesgos.
3. Reconoce los métodos de evaluación de riesgos por exposición a agentes
químicos, aplicando criterios de valoración según la normativa vigente.
a) Se han identificado los riesgos en función de su gravedad, según los agentes
químicos contaminantes.
b) Se han clasificado los riesgos según la gravedad y las posibles consecuencias
para la salud.
c) Se han realizado valoraciones de los efectos sobre la salud.
d) Se han definido los criterios de evaluación de los riesgos por exposición a
diferentes agentes químicos.
e) Se han reconocido los valores de referencia de diversos agentes contaminantes
según la legislación vigente.
f) Se han comparado en un supuesto práctico los resultados obtenidos con los
valores de referencia dados por la normativa.
g) Se han utilizado procedimientos de cálculo de la exposición, identificando los
factores y variables que intervienen.
h) Se han elaborado documentos para la recogida de datos, su registro y
realización de informes.
4. Elabora medidas preventivas para diversas actividades productivas proponiendo
medidas correctoras y de protección ante riesgos químicos.
cve: BOE-A-2024-20842
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación: