I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20842)
Real Decreto 958/2024, de 24 de septiembre, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 130351

Criterios de evaluación:
a) Se han definido los riesgos físicos de origen térmico.
b) Se han determinado las fuentes de emisión.
c) Se ha recabado información sobre las enfermedades profesionales asociadas a
los riesgos de origen térmico.
d) Se han identificado los efectos térmicos sobre la salud de las personas
trabajadoras.
e) Se ha identificado la normativa legal vigente u otros criterios de referencia
aplicables.
f) Se han determinado los niveles máximos de exposición a agentes físicos de
origen térmico.
g) Se ha reconocido en un proceso productivo situaciones de riesgo debidos a
agentes térmicos.
h) Se han elaborado informes sobre riesgos de origen térmicos para información de
las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en condiciones de riesgo.
2. Aplica técnicas de detección y medida en el control de riesgos de origen térmico,
utilizando procedimientos normalizados de aplicación y describiendo los equipos e
instrumentos de medida.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los parámetros que se van a medir en el control de riesgos
de origen térmico.
b) Se han caracterizado las técnicas, equipos e instrumentos de medida.
c) Se ha realizado la puesta a punto de los equipos de detección y medida, y se
conoce su fiabilidad y exactitud.
d) Se ha realizado y/o controlado el mantenimiento y el calibrado según sus
instrucciones de los equipos de detección y medida.
e) Se han medido los niveles de contaminante presente con el equipo adecuado.
f) Se han realizado pruebas in situ de medición para determinar el nivel de
contaminante.
g) Se han propuesto análisis más precisos para determinar el nivel de contaminante
cuando así lo requieran los resultados.
h) Se han dejado los equipos de detección y medida en condiciones de uso.
3. Identifica los métodos de evaluación y control del riesgo derivado de la
exposición laboral al ambiente térmico, aplicando criterios de valoración según la
normativa vigente.

a) Se han identificado y clasificado los riesgos en función de la gravedad y las
posibles consecuencias para la salud de las personas trabajadoras.
b) Se han valorado los efectos sobre la salud de los riesgos de origen ambiental
térmico.
c) Se han definido los parámetros que hay que controlar para la evaluación de los
riesgos.
d) Se han establecido los criterios de valoración de los riesgos debidos al ambiente
térmico.
e) Se han seleccionado los valores de referencia establecido en función del riesgo
según la normativa vigente.
f) Se han comparado en un supuesto práctico los resultados obtenidos con los
valores de referencia dados por la normativa.
g) Se han utilizado procedimientos de estimación de riesgos, identificando los
factores y variables que intervienen.

cve: BOE-A-2024-20842
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Criterios de evaluación: