II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Destinos. (BOE-A-2024-20773)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 5 de septiembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 129948
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
20773
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria,
por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 5 de septiembre de 2024.
Por Resolución 5 de septiembre de 2024 («Boletín Oficial del Estado» del 14), se
anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, varios
puestos de trabajo en la Secretaría de Estado de Industria, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, y 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditados la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden
TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los
procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las
herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo, y el cumplimiento por las personas
candidatas seleccionadas de los requisitos exigidos en la convocatoria y su idoneidad
para el desempeño del puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por el órgano
competente para el nombramiento, con el asesoramiento de las personas expertas
indicadas en la base cuarta de la convocatoria,
Esta Subsecretaría resuelve la referida convocatoria en los términos que se expresan
en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 57 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Madrid, 7 de octubre de 2024.–La Secretaria de Estado de Industria, P. D. (Orden
ITU/1307/2023, de 5 de diciembre), el Subsecretario de Industria y Turismo, Pablo Garde
Lobo.
cve: BOE-A-2024-20773
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el
órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 129948
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
20773
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria,
por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 5 de septiembre de 2024.
Por Resolución 5 de septiembre de 2024 («Boletín Oficial del Estado» del 14), se
anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, varios
puestos de trabajo en la Secretaría de Estado de Industria, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, y 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditados la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden
TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los
procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las
herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo, y el cumplimiento por las personas
candidatas seleccionadas de los requisitos exigidos en la convocatoria y su idoneidad
para el desempeño del puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por el órgano
competente para el nombramiento, con el asesoramiento de las personas expertas
indicadas en la base cuarta de la convocatoria,
Esta Subsecretaría resuelve la referida convocatoria en los términos que se expresan
en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 57 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Madrid, 7 de octubre de 2024.–La Secretaria de Estado de Industria, P. D. (Orden
ITU/1307/2023, de 5 de diciembre), el Subsecretario de Industria y Turismo, Pablo Garde
Lobo.
cve: BOE-A-2024-20773
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el
órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.