III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-20832)
Resolución de 3 de octubre de 2024, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, para la promoción, desarrollo y ejecución de actividades orientadas a la investigación e innovación en materia de salud pública y salud digital.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130297
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal y legitimación con que
intervienen para la formalización del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que el Instituto de Salud Carlos III (en adelante ISCIII), Organismo Público de
Investigación, adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, tiene como
misión principal el fomento de la generación de conocimiento científico en ciencias de la
salud, así como desarrollar y ofrecer servicios científico-técnicos e investigación de la
más alta calidad, dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad.
El Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del ISCIII,
le otorga la potestad de establecer convenios, acuerdos y contratos con centros del
Sistema Nacional de Salud, instituciones y organismos públicos de investigación
biomédica y en ciencias de la salud nacionales e internacionales, universidades y
entidades privadas que realicen actividades de investigación científica y desarrollo
tecnológico, para la realización de proyectos y actividades de investigación, desarrollo
tecnológico, innovación y otras actividades de carácter científico, docente y asesor.
En concreto, el ISCIII desarrolla actividades orientadas al uso de la investigación
científica para la protección de la Salud Pública mediante el análisis de datos
procedentes de múltiples fuentes con el objetivo de generar información y nuevas
evidencias para la toma de decisiones en salud pública, principalmente orientadas a la
investigación de los factores que comprometen la salud de los ciudadanos.
El ISCIII es el principal organismo público de investigación por su condición de gestor
y ejecutor de la financiación en ciencias de la salud a través de la Acción Estratégica en
Salud (AES). Además, sus competencias generan el nodo de interconexión entre el
Sistema Nacional de Salud (SNS) y el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación (SECTI).
De igual manera, el ISCIII dispone de grupos de investigación en Salud Digital de
excelencia cuyos campos de actividad cubren la investigación científica y tecnológica y la
promoción de la innovación en el ámbito del SNS en áreas temáticas orientadas a la
e-Salud, sistemas móviles, plataformas de servicios en red y soporte a la asistencia de
las personas con dolencias crónicas, entre otras.
II. El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (en adelante
CGCOF) desarrolla sus funciones en el marco de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre
Colegios Profesionales y de la Orden de 16 de mayo de 1957 por la que se aprueba el
Reglamento del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos modificada por
Real Decreto 249/1985, de 23 de enero, por el que se modifica el Reglamento del
Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.
El CGCOF tiene entre sus funciones las de cooperar con los Poderes Públicos en la
promoción de la salud pública y prevención de la enfermedad y, colaborar con la
Administración Sanitaria a nivel estatal, en la formulación de la política sanitaria de
atención farmacéutica y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios,
mediante acciones de colaboración en la educación e información de estos productos
para lo que se promueve la formalización de convenios y/o conciertos de colaboración o
acuerdos con la Administración General del Estado, Universidades y/o cualquier otro tipo
de entidades públicas o privadas en materia de su competencia estableciendo los
medios necesarios para el cumplimiento y efectividad de estos.
El CGCOF es órgano de representación, coordinación y ejecutivo superior de los
Colegios Oficiales de Farmacéuticos. A finales de 2021 el número de farmacéuticos
colegiados era de 79.288 farmacéuticos colegiados, de los cuales, 56.502 ejercen en
las 22.220 farmacias comunitarias. A través del ejercicio profesional de los farmacéuticos
se garantiza en el marco del Sistema Nacional de Salud la cartera de servicios comunes
de la prestación farmacéutica. Por su cercanía y accesibilidad, constituyen un punto de
recogida de información que permite detectar cualquier incidencia o signo de alarma en
materia sanitaria; así como realizar estudios sobre la salud de los ciudadanos, además
cve: BOE-A-2024-20832
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130297
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal y legitimación con que
intervienen para la formalización del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que el Instituto de Salud Carlos III (en adelante ISCIII), Organismo Público de
Investigación, adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, tiene como
misión principal el fomento de la generación de conocimiento científico en ciencias de la
salud, así como desarrollar y ofrecer servicios científico-técnicos e investigación de la
más alta calidad, dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad.
El Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del ISCIII,
le otorga la potestad de establecer convenios, acuerdos y contratos con centros del
Sistema Nacional de Salud, instituciones y organismos públicos de investigación
biomédica y en ciencias de la salud nacionales e internacionales, universidades y
entidades privadas que realicen actividades de investigación científica y desarrollo
tecnológico, para la realización de proyectos y actividades de investigación, desarrollo
tecnológico, innovación y otras actividades de carácter científico, docente y asesor.
En concreto, el ISCIII desarrolla actividades orientadas al uso de la investigación
científica para la protección de la Salud Pública mediante el análisis de datos
procedentes de múltiples fuentes con el objetivo de generar información y nuevas
evidencias para la toma de decisiones en salud pública, principalmente orientadas a la
investigación de los factores que comprometen la salud de los ciudadanos.
El ISCIII es el principal organismo público de investigación por su condición de gestor
y ejecutor de la financiación en ciencias de la salud a través de la Acción Estratégica en
Salud (AES). Además, sus competencias generan el nodo de interconexión entre el
Sistema Nacional de Salud (SNS) y el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación (SECTI).
De igual manera, el ISCIII dispone de grupos de investigación en Salud Digital de
excelencia cuyos campos de actividad cubren la investigación científica y tecnológica y la
promoción de la innovación en el ámbito del SNS en áreas temáticas orientadas a la
e-Salud, sistemas móviles, plataformas de servicios en red y soporte a la asistencia de
las personas con dolencias crónicas, entre otras.
II. El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (en adelante
CGCOF) desarrolla sus funciones en el marco de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre
Colegios Profesionales y de la Orden de 16 de mayo de 1957 por la que se aprueba el
Reglamento del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos modificada por
Real Decreto 249/1985, de 23 de enero, por el que se modifica el Reglamento del
Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.
El CGCOF tiene entre sus funciones las de cooperar con los Poderes Públicos en la
promoción de la salud pública y prevención de la enfermedad y, colaborar con la
Administración Sanitaria a nivel estatal, en la formulación de la política sanitaria de
atención farmacéutica y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios,
mediante acciones de colaboración en la educación e información de estos productos
para lo que se promueve la formalización de convenios y/o conciertos de colaboración o
acuerdos con la Administración General del Estado, Universidades y/o cualquier otro tipo
de entidades públicas o privadas en materia de su competencia estableciendo los
medios necesarios para el cumplimiento y efectividad de estos.
El CGCOF es órgano de representación, coordinación y ejecutivo superior de los
Colegios Oficiales de Farmacéuticos. A finales de 2021 el número de farmacéuticos
colegiados era de 79.288 farmacéuticos colegiados, de los cuales, 56.502 ejercen en
las 22.220 farmacias comunitarias. A través del ejercicio profesional de los farmacéuticos
se garantiza en el marco del Sistema Nacional de Salud la cartera de servicios comunes
de la prestación farmacéutica. Por su cercanía y accesibilidad, constituyen un punto de
recogida de información que permite detectar cualquier incidencia o signo de alarma en
materia sanitaria; así como realizar estudios sobre la salud de los ciudadanos, además
cve: BOE-A-2024-20832
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 246