III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-20831)
Resolución de 3 de octubre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Lardero y la Universidad de La Rioja, para la realización de prácticas académicas en centros del Imserso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130294
ANEXO
El presente anexo técnico se incorpora al convenio suscrito entre el Imserso, a través
del Centro CRMF de Lardero y la Universidad de ……………………., firmado el …………
(fecha), de ………… (mes) de ………… (año) para la realización de prácticas
académicas externas.
Detalle de las prácticas a desarrollar en el Centro CRMF de Lardero, del Imserso
Alumno/a:
Dirección:
DNI:
Estudios que realiza:
Fecha de inicio:
Fecha de
finalización:
Jornada
de
prácticas.
Días de la semana (orientativo):
Horas al día
(orientativo):
Tutor del centro:
Tutor de la universidad:
Contenido de las prácticas:
Seguros:
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la
entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los
correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la universidad y, en
su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la entidad
colaboradora.
cve: BOE-A-2024-20831
Verificable en https://www.boe.es
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos:
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130294
ANEXO
El presente anexo técnico se incorpora al convenio suscrito entre el Imserso, a través
del Centro CRMF de Lardero y la Universidad de ……………………., firmado el …………
(fecha), de ………… (mes) de ………… (año) para la realización de prácticas
académicas externas.
Detalle de las prácticas a desarrollar en el Centro CRMF de Lardero, del Imserso
Alumno/a:
Dirección:
DNI:
Estudios que realiza:
Fecha de inicio:
Fecha de
finalización:
Jornada
de
prácticas.
Días de la semana (orientativo):
Horas al día
(orientativo):
Tutor del centro:
Tutor de la universidad:
Contenido de las prácticas:
Seguros:
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la
entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los
correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la universidad y, en
su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la entidad
colaboradora.
cve: BOE-A-2024-20831
Verificable en https://www.boe.es
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos: