III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-20825)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Securita, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico Securita, de 48 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación asociada, en los términos municipales de Luceni y Pedrola (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130250
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
20825
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable de Securita, SL, de autorización administrativa previa del parque
eólico Securita, de 48 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de
evacuación asociada, en los términos municipales de Luceni y Pedrola
(Zaragoza).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas, en base a los siguientes
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Energía Inagotable de Securita, SL solicita, con fecha 22 de septiembre de 2021,
autorización administrativa previa del parque eólico Securita, de 48 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación asociada en los términos municipales de
Luceni y Pedrola, en la provincia de Zaragoza (en adelante también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del parque eólico Securita, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de
Zaragoza, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 11 de octubre de 2021, dictó acuerdo
de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización
administrativa previa de los parques eólicos de «Securita» de 48 MW y «Secretariat»
de 42 MW, y de sus infraestructuras de evacuación, con número de expediente asociado
PEol-731 AC.
Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Delegación del Gobierno en Aragón y de la Subdelegación del Gobierno en Álava,
como órganos competentes para la tramitación del expediente de solicitud de
autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
cve: BOE-A-2024-20825
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130250
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
20825
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable de Securita, SL, de autorización administrativa previa del parque
eólico Securita, de 48 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de
evacuación asociada, en los términos municipales de Luceni y Pedrola
(Zaragoza).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas, en base a los siguientes
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Energía Inagotable de Securita, SL solicita, con fecha 22 de septiembre de 2021,
autorización administrativa previa del parque eólico Securita, de 48 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación asociada en los términos municipales de
Luceni y Pedrola, en la provincia de Zaragoza (en adelante también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del parque eólico Securita, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de
Zaragoza, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 11 de octubre de 2021, dictó acuerdo
de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización
administrativa previa de los parques eólicos de «Securita» de 48 MW y «Secretariat»
de 42 MW, y de sus infraestructuras de evacuación, con número de expediente asociado
PEol-731 AC.
Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Delegación del Gobierno en Aragón y de la Subdelegación del Gobierno en Álava,
como órganos competentes para la tramitación del expediente de solicitud de
autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
cve: BOE-A-2024-20825
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.