V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-36391)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. sobre la Resolución que aprueba el inventario de aglomeraciones urbanas que deben elaborar los planes integrales de gestión del sistema de saneamiento en el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246

Viernes 11 de octubre de 2024

Sec. V-B. Pág. 56588

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

36391

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. sobre la
Resolución que aprueba el inventario de aglomeraciones urbanas que
de be n e laborar los plane s inte grale s de ge stión de l siste ma de
saneamiento en el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del
Cantábrico Oriental.

La disposición adicional segunda del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico establece que los órganos competentes, de acuerdo con el artículo 254
bis.3, elaborarán el inventario de aglomeraciones urbanas que deben realizar los
planes integrales de gestión del sistema de Saneamiento de acuerdo con el
artículo 259 quinquies.
Mediante anuncio de la Dirección General del Agua, publicado en el Boletín
Oficial del Estado (BOE) n.º 154 del 26 de junio de 2024, se inició el periodo de
información pública durante el plazo de un mes. El borrador del inventario estuvo
disponible en el portal de internet de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico
y se dio traslado del mismo a los ayuntamientos y a las entidades gestoras
implicadas.
Los servicios técnicos del Organismo emitieron informe sobre las alegaciones
recibidas y propusieron modificaciones puntuales de los anexos del inventario.
La Presidenta del Organismo resolvió, con fecha 8 de octubre de 2024, aprobar
el listado de aglomeraciones urbanas que deben elaborar los planes integrales de
gestión del sistema de saneamiento en el ámbito territorial de la Demarcación
Hidrográfica del Cantábrico Oriental.El texto completo de la resolución, incluidos
los anexos con los listados, estará disponible para su consulta en el portal web de
la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (www.chcantabrico.es/
anuncios_notificaciones) y en los enlaces establecidos a tal efecto en el portal de
internet del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico
(www.miteco.gob.es).
Conforme al punto tercero de la disposición adicional segunda del Reglamento
del Dominio Público Hidráulico, este Organismo incorporará la citada información al
Censo de vertidos autorizados de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y la
remitirá a la Dirección General del Agua para su inclusión en el Censo Nacional de
Vertidos y su remisión, en su caso, a la Comisión Europea.
La Resolución surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOE.

El inventario se revisará cada cinco años y se actualizará siguiendo el mismo
procedimiento.
Contra la presente resolución que, según lo dispuesto en el artículo 22.2 del
Texto Refundido de la Ley de Aguas, pone fin a la vía administrativa, puede el
interesado interponer recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la
Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico en el plazo de un mes,

cve: BOE-B-2024-36391
Verificable en https://www.boe.es

El incumplimiento de la presente Resolución podrá dar lugar a las sanciones
previstas en la normativa de aguas.