III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-20720)
Resolución 420/38406/2024, de 7 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad de Zaragoza y el Centro Universitario de la Defensa de Zaragoza, para la colaboración en proyectos de investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Jueves 10 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 129186

Sexto.
Esta situación aconseja establecer un convenio marco regulador de participación
conjunta en programas de investigación, incluidos proyectos europeos como Horizonte 2020
(2014-2020) y Horizonte Europa (2021-2027), que se desarrollará mediante la suscripción
futura de convenios específicos que concreten los compromisos adquiridos por ambas
instituciones.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del convenio es establecer el marco de participación conjunta entre el
Centro Universitario de la Defensa (CUD) de Zaragoza y la Universidad de Zaragoza
(UNIZAR) en proyectos europeos, así como en las convocatorias de proyectos de
investigación conjuntos fijando los compromisos iniciales entre los firmantes y que esté
condicionado a la suscripción futura de convenios específicos donde se concreten esos
compromisos.
Segunda. Participación en Proyectos Europeos.

– Sea específicamente justificado en el Informe técnico periódico;
– Su inclusión no implique cambios en el Acuerdo de Subvención que puedan poner
en duda la decisión de financiar el proyecto o supongan una ruptura del principio de
igualdad de trato de los solicitantes.
Para que el gasto del personal que actúe como tercera parte tenga la consideración
de elegible, deberá necesariamente figurar en la contabilidad del centro que realice la
contratación, sea el CUD o la UNIZAR.

cve: BOE-A-2024-20720
Verificable en https://www.boe.es

En el ámbito de proyectos europeos, una de las dos partes participará como figura de
personnel seconded by a third party against payment de la otra (de acuerdo a lo
estipulado al artículo 6.2. A3. del acuerdo de subvención del programa Horizonte Europa
y en el artículo 11 del acuerdo de subvención del programa marco H2020).
En el caso de participar en Proyectos Europeos con beneficiario la UNIZAR, el CUD
constará como tercera parte de la Universidad de Zaragoza, debiendo reintegrar la
UNIZAR al CUD el importe total correspondiente a las horas del personal del CUD
previamente autorizadas por el Director del Centro Universitario de la Defensa y que se
hayan declarado a la Comisión Europea (artículo 6. 2. A3 del acuerdo de subvención del
programa Horizonte Europa y artículo 11 del programa marco H2020).
Asimismo, en el caso de participar en Proyectos Europeos, con beneficiario el CUD,
la UNIZAR constará como tercera parte del CUD, debiendo reintegrar a la UNIZAR el
importe total liberado correspondiente a las horas del personal de la Universidad de
Zaragoza previamente autorizadas por el Vicerrector con competencias y que se hayan
declarado a la Comisión Europea (artículo 6.2.A3 del acuerdo de subvención del
programa Horizonte Europa y artículo 11 del programa marco H2020).
El beneficiario (UNIZAR o CUD) declarará los costes indirectos asociados al coste
del recurso aportado por el tercero. Los costes indirectos serán retenidos por la entidad
en la que se desarrolle la investigación.
Es importante indicar que el recurso aportado por el tercero, deberá haber sido
previsto en el anexo I del acuerdo de Subvención. En caso de no haber sido previsto se
podrá solicitar una modificación del anexo I o incluso ser aceptado por la Comisión
Europea siempre que: