III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-20692)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., para control y vigilancia de actividades en el dominio público hidráulico de la cuenca del Guadiana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Jueves 10 de octubre de 2024
10.

Sec. III. Pág. 128961

Uniformidad/equipo de seguridad individual:

Adquisición de material EPI:
– 24 cascos tipo escalada con homologación CE EN 12492. Modelo Strato
Vent.
– 24 guantes ligeros para asegurar y rapelar CE EN 420, CE EN 388 (3133).
Marca: Cordex.
– 12 arnés de rescate con certificaciones: CE EN 358, CE EN 813, EAC
Marca: Falcon.
– 6 juegos de cuerdas Tipo A (EN-1891) + Cuerda dinámica Simple (EN-892).
Marca: Kordas, Modelo: Lluisa 10.5 mm, presentación: 70 metros.
– 6 mosquetones tipo Ball-Lock Certificación: CE EN 12275, marca: Petzl
modelo: William.
– 6 puños ascensión Certificaciones: CE EN 567, CE EN 12841, marca: Petzl
modelo: Ascensión.
– 6 descensores en ocho con protección antiquemadura, marca: Petzl modelo:
Hui antibrulure.
– 6 descensores autofrenantes Certificaciones: CE EN 341 clase A.
11.

Licencias federativas de navegación.

Solicitud de renovación y expedición nuevas licencias de navegación (15
renovaciones y 10 nuevas expediciones) para las embarcaciones PT Zarbo
de 40 CV, ya cedidas por la CHG para el control y vigilancia de la cuenca
hidrográfica del Guadiana.
* Incluye el reconocimiento médico especial.
12.

Seis ordenadores portátiles.

Adquisición de 6 ordenadores portátiles con un procesador Intel i5/i7 de 12.ª
generación, RAM de 16/32 Gb, disco duro SSD M.2 de 512 Gb/1 Tb, puerto
Usb 3.1 ó superior usb-c, salidas display port, lector de tarjetas, pantalla 14/15.»
Cuarta. Eficacia y publicación de la adenda modificativa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, la presente adenda será eficaz una vez que se haya procedido a su inscripción
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal a que se refiere la disposición adicional séptima de dicha ley. Asimismo, la
adenda será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el
«Boletín Oficial del Estado».
Quinta. Afectación de la modificación al resto de las cláusulas del convenio.

Sexta.

Publicidad.

Las partes firmantes dan su consentimiento para la publicación, de forma periódica y
actualizada, de la información, relativa al convenio, cuyo conocimiento sea relevante
para garantizar la transparencia de la actividad relacionada con el funcionamiento y
control de la actividad pública, tal y como exigen los artículos 5.1 y 8.1.b) de la

cve: BOE-A-2024-20692
Verificable en https://www.boe.es

El resto de las cláusulas del convenio original no sufre modificación alguna y el
ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.