III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-20691)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de la Policía y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., para la contratación precomercial de servicios de I+D en el ámbito de las soluciones de investigación forense adaptadas al entorno de la escena del delito, para generar tempranamente información que alimente un sistema innovador de inteligencia forense durante todos los procesos de gestión de la escena y análisis posteriores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Jueves 10 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 128944

CDTI, a propuesta de la mesa de contratación, de la que formará parte la DGP,
adjudicará los servicios contratados de conformidad con su procedimiento de
contratación respetando en todo caso los principios de transparencia, igualdad de trato y
no discriminación ni falseamiento de la competencia, así como en la correspondiente
normativa aplicable.
4.

Formalización del contrato.

El CDTI formalizará el contrato con el licitador/es que hayan resultado adjudicatarios.
5.

Ejecución del contrato.

Ambas partes coordinarán la supervisión y ejecución del contrato, en el marco del
grupo técnico de trabajo, para verificar el avance y desarrollo del proyecto, y tanto la
DGP como el CDTI garantizarán los RR. HH. y materiales necesarios para ello.
Para llevar a cabo el seguimiento de los contratos, se establecerán reuniones
regulares de seguimiento con los adjudicatarios, donde se verificará el correcto avance
del proyecto, siendo la DGP la responsable de la identificación y estudio de los
problemas de índole técnico que puedan surgir. En caso de ser necesario, el grupo
técnico de trabajo podrá recabar la opinión de asesores externos.
Será la DGP la encargada de facilitar la información técnica necesaria para poder
desarrollar el prototipo o servicio, manteniendo informado al CDTI al respecto.
Igualmente, se compromete a comunicar con la mayor agilidad cualquier posible cambio
en las especificaciones técnicas de partida que puedan afectar al desarrollo de la
solución tecnológica innovadora.
El CDTI y la DGP determinarán conjuntamente las actuaciones a realizar en casos
de incumplimiento, así como posibles modificaciones.
El responsable del contrato será el CDTI, sin perjuicio de que pueda ejercitar estas
funciones de forma conjunta con la DGP.
Quinta.

Financiación.

El presente convenio no generará ni dará lugar a ninguna clase de contraprestación
económica entre los organismos firmantes.
Las actuaciones contempladas en el presente convenio serán financiadas con cargo
al patrimonio propio del CDTI y al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
establecido por el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de
Cohesión.
Grupo técnico de trabajo.

Las partes establecerán un grupo técnico de trabajo, integrado por representantes de
CDTI y de la DGP, encargado de coordinar las tareas de las diferentes fases del proceso
de contratación precomercial, según lo previsto en el presente convenio.
Este grupo de trabajo estará compuesto por personal de ambas entidades, con un
número máximo de 6 participantes (3 por cada parte), se reunirá al menos una vez al
mes y adoptará las decisiones por mayoría. En caso de discrepancias, decidirá la
comisión de seguimiento del convenio.
Asimismo, en el grupo de trabajo podrán participar expertos o asesores técnicos, a
instancias de cualquiera de las partes.
Séptima.

Comisión de seguimiento.

Dentro del plazo de treinta días hábiles a contar desde la inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal (REOICO) de este convenio deberá constituirse una comisión de seguimiento

cve: BOE-A-2024-20691
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.