III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-20691)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de la Policía y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., para la contratación precomercial de servicios de I+D en el ámbito de las soluciones de investigación forense adaptadas al entorno de la escena del delito, para generar tempranamente información que alimente un sistema innovador de inteligencia forense durante todos los procesos de gestión de la escena y análisis posteriores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Jueves 10 de octubre de 2024
b)

Sec. III. Pág. 128942

El CDTI adquiere los siguientes compromisos:

b.1) Realizar y publicar, en su caso, la convocatoria de la consulta preliminar de
mercado.
b.2) Realizar la licitación, en su caso, de los servicios de I+D para resolver las
necesidades públicas definidas en el anexo I, y cofinanciarla a través de fondos del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, FEDER.
b.3) En caso de que el resultado final de la contratación precomercial sea un
prototipo, el CDTI cederá gratuitamente la propiedad del prototipo a la DGP, en los
términos y condiciones que se acuerden entre las partes.
b.4) Actuar como responsable del contrato precomercial, supervisar su ejecución y
adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la
correcta realización de la prestación pactada. El responsable del contrato dará cuenta de
sus actuaciones al grupo técnico recogido en la cláusula sexta del presente convenio.
Asimismo, podrá recabar la colaboración de expertos independientes para verificar la
correcta ejecución del contrato.
b.5) En el caso de que las actuaciones objeto de la licitación realizada al amparo
del presente convenio conlleven subcontratación, el CDTI se compromete a exigir en la
licitación a la entidad adjudicataria mecanismos para asegurar que los subcontratistas
cumplen con el principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente».
Asimismo, se exigirá a las entidades subcontratistas el cumplimiento de las obligaciones
derivadas de la financiación FEDER que cumplimenten una Declaración de Ausencia de
Conflicto de Intereses (DACI).
c)

La DGP adquiere los siguientes compromisos:

c.1) Identificación y definición de la necesidad pública en el ámbito de sus
competencias susceptible de ser satisfecha mediante la contratación de servicios de I+D,
y descripción de los servicios. En el anexo I se describen las necesidades públicas que
se pretende resolver.
c.2) Facilitar la información técnica necesaria para poder desarrollar el prototipo o
servicio, manteniendo informado al CDTI al respecto. Igualmente, se compromete a
comunicar con la mayor agilidad posible cualquier cambio en las especificaciones
técnicas de partida que puedan afectar al desarrollo de la solución tecnológica
innovadora.
c.3) En caso de que el resultado final de la contratación precomercial sea un
prototipo, la DGP deberá aceptar, recepcionar y mantener el prototipo durante toda su
vida útil, en los términos y condiciones que se acuerden entre las partes.
c.4) Utilizar los prototipos con el fin de realizar trabajos de validación y pruebas,
pero no con fines de explotación. El prototipo deberá ser ubicado y utilizado
exclusivamente en las instalaciones designadas al efecto por la DGP.
c.5) Compartir con CDTI los resultados de los trabajos de validación y prueba para
que esta entidad, en su caso, pueda divulgarlos con otras entidades del sector público
que puedan tener interés.
Cooperación en las distintas fases de la contratación precomercial.

Las partes asumen los siguientes compromisos en el desarrollo de las distintas fases
de la contratación precomercial objeto del presente convenio:
1.

Consulta preliminar de mercado (CPM).

De conformidad con lo previsto en el artículo 36 sexies de la Ley 14/2011, de 1 de
junio, con carácter previo al inicio de los procesos de compra pública de innovación en el
ámbito de sus respectivas competencias, las partes deberán determinar las concretas
necesidades del servicio público no satisfechas por el mercado, detallar las
correspondientes especificaciones funcionales de la solución que pretende alcanzarse,

cve: BOE-A-2024-20691
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.