III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-20744)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Camilo José Cela, para el desarrollo de tesis doctorales y colaboración en programas de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 129344
de doctorado y, en lo que fuera de aplicación el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Undécima.
Resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través por la comisión de seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible
alcanzar dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al orden jurisdiccional de lo
contencioso-administrativo.
Duodécima. Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.
La modificación y/o extinción del plan de estudios del doctorado se coordinará a
través de la Universidad. En caso de extinción, esta se producirá gradualmente y se
garantizará el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera.
Modificación del convenio.
Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta. Resolución de convenios anteriores.
Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes el 9 de
septiembre de 2020, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de
órganos e instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en
desarrollo algún programa de prácticas de doctorado amparado en el mencionado
convenio, se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas
prácticas.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el 9 de septiembre de 2020, convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2024-20744
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes firman
electrónicamente el presente documento, constando como fecha de suscripción la última
realizada, el 26 de septiembre de 2024.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones
Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas,
Carlos Closa Montero.–El Vicerrector de Investigación, Ciencia y Doctorado de la
Universidad Camilo José Cela, Francisco López Muñoz.
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 129344
de doctorado y, en lo que fuera de aplicación el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Undécima.
Resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través por la comisión de seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible
alcanzar dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al orden jurisdiccional de lo
contencioso-administrativo.
Duodécima. Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.
La modificación y/o extinción del plan de estudios del doctorado se coordinará a
través de la Universidad. En caso de extinción, esta se producirá gradualmente y se
garantizará el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera.
Modificación del convenio.
Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta. Resolución de convenios anteriores.
Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes el 9 de
septiembre de 2020, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de
órganos e instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en
desarrollo algún programa de prácticas de doctorado amparado en el mencionado
convenio, se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas
prácticas.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el 9 de septiembre de 2020, convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2024-20744
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes firman
electrónicamente el presente documento, constando como fecha de suscripción la última
realizada, el 26 de septiembre de 2024.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones
Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas,
Carlos Closa Montero.–El Vicerrector de Investigación, Ciencia y Doctorado de la
Universidad Camilo José Cela, Francisco López Muñoz.