II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-20599)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 128725
ANEXO V
Cuadro de exclusiones médicas
I.
Visión
No se considerarán aptas aquellas personas que presenten alguno de los siguientes
valores en su agudeza visual:
1. Una agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, menor de 0,33.
2. Una agudeza visual, sin gafas o lentillas, menor de 0,2 en el ojo de menor
agudeza visual.
3. Una agudeza visual binocular, con gafas o lentillas, menor de 0,8.
También serán excluidas las personas que padezcan:
4. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
5. Diplopía. Estrabismo.
6. Glaucoma. Hemianopsia.
7. Subluxación del cristalino. Afaquia.
8. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual. Queratitis crónica.
9. Hemeralopia.
10. Otras enfermedades oculares que impidan el desempeño de las tareas propias
del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta
individualizada del servicio médico correspondiente.
II. Audición
No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos
oídos, o incompleta permanente que produzca, en el oído de menor agudeza auditiva,
una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 decibelios en las frecuencias entre
los 1000 y 3000 hertzios o de 45 decibelios a 4000 hertzios.
III.
Aparato Locomotor
No serán aptas las personas que presenten:
1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan
permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir
la fuerza y agilidad de las manos, extremidades, tronco y cuello o su repercusión
estática.
2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
IV.
Endocrino
Serán excluidas aquellas personas que presenten:
1. Delgadez extrema: con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
2. Obesidad: con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.
3. Enfermedades del sistema endocrino-metabólico que impidan el desempeño de
las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa
propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
cve: BOE-A-2024-20599
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 128725
ANEXO V
Cuadro de exclusiones médicas
I.
Visión
No se considerarán aptas aquellas personas que presenten alguno de los siguientes
valores en su agudeza visual:
1. Una agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, menor de 0,33.
2. Una agudeza visual, sin gafas o lentillas, menor de 0,2 en el ojo de menor
agudeza visual.
3. Una agudeza visual binocular, con gafas o lentillas, menor de 0,8.
También serán excluidas las personas que padezcan:
4. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
5. Diplopía. Estrabismo.
6. Glaucoma. Hemianopsia.
7. Subluxación del cristalino. Afaquia.
8. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual. Queratitis crónica.
9. Hemeralopia.
10. Otras enfermedades oculares que impidan el desempeño de las tareas propias
del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta
individualizada del servicio médico correspondiente.
II. Audición
No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos
oídos, o incompleta permanente que produzca, en el oído de menor agudeza auditiva,
una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 decibelios en las frecuencias entre
los 1000 y 3000 hertzios o de 45 decibelios a 4000 hertzios.
III.
Aparato Locomotor
No serán aptas las personas que presenten:
1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan
permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir
la fuerza y agilidad de las manos, extremidades, tronco y cuello o su repercusión
estática.
2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
IV.
Endocrino
Serán excluidas aquellas personas que presenten:
1. Delgadez extrema: con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
2. Obesidad: con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.
3. Enfermedades del sistema endocrino-metabólico que impidan el desempeño de
las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa
propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
cve: BOE-A-2024-20599
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 245