II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-20606)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se designa el Tribunal calificador del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, convocado por Resolución de 24 de julio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 128758
Vocales:
Don Pablo Zurita Tejedor, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Doña Alicia Álvarez Izquierdo, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la
Información de la Administración del Estado.
Don Andreu Miquel Bosa Puigredon, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de
la Información de la Administración del Estado.
Doña María de la Paloma Cáceres García de la Marina, Cuerpo Profesoras y
Profesores Titulares de la Universidad.
Don Tomás Fraga Martínez, Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
Don Guillermo Beltrán Rodríguez, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del
Estado.
Doña Begoña Cabetas Bello, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para todos o algunos de los ejercicios.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso
de reposición ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública en el
plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante los juzgados centrales de lo contenciosoadministrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de
interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación presunta.
cve: BOE-A-2024-20606
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de octubre de 2024.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Clara
Mapelli Marchena.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 128758
Vocales:
Don Pablo Zurita Tejedor, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Doña Alicia Álvarez Izquierdo, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la
Información de la Administración del Estado.
Don Andreu Miquel Bosa Puigredon, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de
la Información de la Administración del Estado.
Doña María de la Paloma Cáceres García de la Marina, Cuerpo Profesoras y
Profesores Titulares de la Universidad.
Don Tomás Fraga Martínez, Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
Don Guillermo Beltrán Rodríguez, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del
Estado.
Doña Begoña Cabetas Bello, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para todos o algunos de los ejercicios.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso
de reposición ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública en el
plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante los juzgados centrales de lo contenciosoadministrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de
interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación presunta.
cve: BOE-A-2024-20606
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de octubre de 2024.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Clara
Mapelli Marchena.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X