I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20585)
Real Decreto 917/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo; Imagen Personal; Informática y Comunicaciones; Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; y Textil, Confección y Piel, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 127863

2. Se da una nueva redacción al anexo CCCXCVII, cualificación profesional
«Tratamientos capilares estéticos». Nivel 3. IMP397_3, que se sustituye por la que figura
en el anexo XII de este real decreto.
Artículo 11. Actualización y modificación parcial de dos cualificaciones de la Familia
Profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad, establecidas por el Real
Decreto 567/2011, de 20 de abril.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 567/2011,
de 20 de abril, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales cuyas
especificaciones están contenidas en los anexos DLXVI y DLXVII del citado real decreto.
1. Se da una nueva redacción al anexo DLXVI, cualificación profesional «Docencia
de formación vial». Nivel 3. SSC566_3, que se sustituye por la que figura en el anexo XIII
de este real decreto.
2. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como
«Anexo DLXVII: Información juvenil. Nivel 3. SSC567_3» sustituyendo, respectivamente,
la unidad de competencia «UC1023_3: Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y
desarrollo del tejido asociativo» y el módulo formativo asociado «MF1023_3: Fomento y
apoyo asociativo (90 horas)», por la unidad de competencia «UC1023_3: Dinamizar la
creación y el desarrollo del tejido asociativo» y el módulo formativo asociado «MF1023_3:
Acompañamiento asociativo (120 horas)», correspondientes al anexo VII «Dinamización
comunitaria. Nivel 3. SSC321_3» de este real decreto.
Artículo 12. Actualización de una cualificación de la Familia Profesional Seguridad y
Medio Ambiente, establecida por el Real Decreto 1031/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1031/2011,
de 15 de julio, se procede a la actualización de la cualificación profesional cuyas
especificaciones están contenidas en el anexo DXCVII del citado real decreto.
1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del anexo DXCVII «Gestión
ambiental. Nivel 3», por la siguiente:
«Gestión ambiental y de economía circular. Nivel 3. Anexo DXCVII.»
2. Se da una nueva redacción al anexo DXCVII, cualificación profesional «Gestión
ambiental». Nivel 3. SEA597_3, que se sustituye por la que figura en el anexo XIV de este
real decreto, donde consta la cualificación profesional «Gestión ambiental y de economía
circular». Nivel 3. SEA597_3.
Artículo 13. Actualización dos cualificaciones de la Familia Profesional Seguridad y
Medio Ambiente, establecidas por el Real Decreto 1037/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1037/2011,
de 15 de julio, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales cuyas
especificaciones están contenidas en los anexos DXXXI y DXXXVII del citado real decreto.
1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del anexo DXXXVII «Instrucción
canina en operaciones de seguridad y protección civil. Nivel 3», por la siguiente:
«Instrucción canina para operaciones de seguridad, rescate y detección. Nivel 3.
Anexo DXXXVII»
2. Se da una nueva redacción al anexo DXXXI, cualificación profesional
«Adiestramiento de base y educación canina». Nivel 2. SEA531_2, que se sustituye por la
que figura en el anexo XV de este real decreto.

cve: BOE-A-2024-20585
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Núm. 245