I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20585)
Real Decreto 917/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo; Imagen Personal; Informática y Comunicaciones; Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; y Textil, Confección y Piel, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 127903
CR2.6 Las configuraciones realizadas e incidencias producidas se documentan,
detallando el procedimiento llevado a cabo, las incidencias ocurridas (descripción,
tipo, entre otros) y el correctivo aplicado para solventarlas, según procedimiento
interno de la organización (plantillas, herramientas «software», entre otros).
RP3: Eliminar información en soportes y sistemas de almacenamiento de equipos
informáticos, de forma segura, aplicando procedimientos de borrado seguro y destrucción
física de información, siguiendo los procedimientos establecidos en la política de seguridad
de la organización para prevenir la fuga de información confidencial.
CR3.1 Los métodos de destrucción física (trituración, desintegración, incineración,
entre otros) se revisan, comprobando que el método utilizado se corresponde con el
tipo de soporte de información.
CR3.2 El protocolo de retención de datos se interpreta, teniendo en cuenta la
organización, búsqueda, acceso y eliminación de la información.
CR3.3 La información almacenada en los equipos informáticos y en los soportes
de información se borran, utilizando herramientas «software» de borrado seguro de
datos.
CR3.4 El procedimiento realizado se registra, generando un documento de
certificación que detalle informaciones tales como, evidencias lógicas o gráficas del
proceso, cuándo y cómo se ha realizado el proceso de destrucción o reutilización,
especificaciones técnicas del «hardware», entre otras.
RP4: Aplicar medidas de seguridad física a equipos servidores, comprobando que su
ubicación dispone de protección de acceso y condiciones ambientales específicas, entre
otras, siguiendo el plan de seguridad de la organización para evitar interrupciones en la
prestación de servicios del sistema.
CR4.1 La ubicación física de los servidores se revisa, comprobando que se
encuentran situados en un espacio con acceso físico controlado y protegido.
CR4.2 Las condiciones ambientales (temperatura, humedad) de la ubicación física
de equipos servidores se comprueban, verificando que se encuentran dentro del
rango de trabajo óptimo considerado entre 17 y 21 grados.
CR4.3 El Sistema de Alimentación Ininterrumpida (SAI) se revisa, comprobando que
está operativo a través de su sistema de alertas y reportando su estado en caso de
anomalías de funcionamiento.
RP5: Verificar la realización de copias de seguridad, comprobando la información a
respaldar, la frecuencia de respaldo, entre otros, para mantener la seguridad y disponibilidad
de la información.
CR5.1 La información del equipo informático se comprueba, verificando que su
clasificación en función de su criticidad y de su tipo (datos de sistema o datos de la
organización) es acorde al plan de copias de seguridad.
cve: BOE-A-2024-20585
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 127903
CR2.6 Las configuraciones realizadas e incidencias producidas se documentan,
detallando el procedimiento llevado a cabo, las incidencias ocurridas (descripción,
tipo, entre otros) y el correctivo aplicado para solventarlas, según procedimiento
interno de la organización (plantillas, herramientas «software», entre otros).
RP3: Eliminar información en soportes y sistemas de almacenamiento de equipos
informáticos, de forma segura, aplicando procedimientos de borrado seguro y destrucción
física de información, siguiendo los procedimientos establecidos en la política de seguridad
de la organización para prevenir la fuga de información confidencial.
CR3.1 Los métodos de destrucción física (trituración, desintegración, incineración,
entre otros) se revisan, comprobando que el método utilizado se corresponde con el
tipo de soporte de información.
CR3.2 El protocolo de retención de datos se interpreta, teniendo en cuenta la
organización, búsqueda, acceso y eliminación de la información.
CR3.3 La información almacenada en los equipos informáticos y en los soportes
de información se borran, utilizando herramientas «software» de borrado seguro de
datos.
CR3.4 El procedimiento realizado se registra, generando un documento de
certificación que detalle informaciones tales como, evidencias lógicas o gráficas del
proceso, cuándo y cómo se ha realizado el proceso de destrucción o reutilización,
especificaciones técnicas del «hardware», entre otras.
RP4: Aplicar medidas de seguridad física a equipos servidores, comprobando que su
ubicación dispone de protección de acceso y condiciones ambientales específicas, entre
otras, siguiendo el plan de seguridad de la organización para evitar interrupciones en la
prestación de servicios del sistema.
CR4.1 La ubicación física de los servidores se revisa, comprobando que se
encuentran situados en un espacio con acceso físico controlado y protegido.
CR4.2 Las condiciones ambientales (temperatura, humedad) de la ubicación física
de equipos servidores se comprueban, verificando que se encuentran dentro del
rango de trabajo óptimo considerado entre 17 y 21 grados.
CR4.3 El Sistema de Alimentación Ininterrumpida (SAI) se revisa, comprobando que
está operativo a través de su sistema de alertas y reportando su estado en caso de
anomalías de funcionamiento.
RP5: Verificar la realización de copias de seguridad, comprobando la información a
respaldar, la frecuencia de respaldo, entre otros, para mantener la seguridad y disponibilidad
de la información.
CR5.1 La información del equipo informático se comprueba, verificando que su
clasificación en función de su criticidad y de su tipo (datos de sistema o datos de la
organización) es acorde al plan de copias de seguridad.
cve: BOE-A-2024-20585
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 245