I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20585)
Real Decreto 917/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo; Imagen Personal; Informática y Comunicaciones; Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; y Textil, Confección y Piel, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 127873

CR3.2 Los problemas relativos a la calidad y sus causas se identifican, de acuerdo
a los valores estándar facilitados dentro de los límites de responsabilidad asignados.
CR3.3 Las muestras de los productos en curso y de los baños de tratamiento se
obtienen en los tiempos previstos, aplicando las instrucciones de seguridad de las
fichas técnicas asociadas al proceso.
CR3.4 Los productos, materias y máquinas se manipulan, siguiendo las instrucciones
de las hojas de seguridad facilitadas por la empresa.
CR3.5 Los criterios de sostenibilidad y de economía circular se aplican, cumpliendo el
plan sobre gestión medioambiental de la empresa, para minimizar residuos, insumos
y productos químicos y favoreciendo el reciclado.
RP4: Aplicar las operaciones de mantenimiento de primer nivel a las máquinas e
instalaciones, de acuerdo con el plan de mantenimiento de la empresa, siguiendo las
instrucciones de ejecución y seguridad, para evitar paros o restablecer la producción.
CR4.1 Las operaciones de mantenimiento de primer nivel a equipos e instalaciones se
aplican, siguiendo las instrucciones de la documentación técnica de mantenimiento y
seguridad facilitados por la empresa.
CR4.2 Las incidencias se reparan, con el mínimo daño a la materia textil,
reestableciendo los requisitos y parámetros previstos inicialmente para la materia y
maquinaria del proceso de producción en curso.
CR4.3 Las máquinas e instalaciones se limpian, siguiendo las instrucciones técnicas
de ejecución y seguridad de la empresa, con el objeto de evitar accidentes, minimizar
el consumo de agua, productos químicos, vertidos y tiempos de paro.
CR4.4 El funcionamiento de la maquinaria e instalaciones después de las
operaciones de limpieza y mantenimiento de primer nivel se verifica, comprobando
que los parámetros de funcionamiento (velocidad, presión, temperatura, humedad,
entre otros) se corresponden con los indicados en las fichas técnicas.
CR4.5 Las operaciones de mantenimiento se aplican, interrumpiendo lo menos
posible en la producción.
CR4.6 Las necesidades de mantenimiento detectadas que no se detallan en las
instrucciones o plan de mantenimiento se comunican, a la persona responsable, a
través de los canales internos definidos para su subsanación, lo antes posible.
RP5: Registrar la información técnica de los resultados y calidad del producto del trabajo
realizado, utilizando los medios facilitados por la empresa a fin de contribuir a los planes
de producción y gestión de la calidad.
CR5.1 La información técnica de los resultados y calidad del producto obtenido se
registra, anotándola en los registros o formularios de producción facilitados por la
empresa para contrastar el nivel de calidad y ejecución obtenidos con los previstos.

cve: BOE-A-2024-20585
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Núm. 245