II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-20493)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Universitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244

Miércoles 9 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 127253

1.5 El procedimiento selectivo será el de oposición. El desarrollo del proceso
selectivo es el que figura en la Base sexta de la presente convocatoria.
1.6 El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el anexo I
de esta convocatoria.
Segunda.

Requisitos de los candidatos.

Quienes aspiren a ingresar a la Escala Gestión Universitaria de la UNED, objeto de
esta convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera los requisitos generales de acceso a la función pública, y en particular, los
siguientes:
2.1

Nacionalidad.

2.1.1 Tener la nacionalidad española.
2.1.2 También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de
condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa
o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la
salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.4 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala a
cuyas pruebas selectivas se presenten.
En caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
2.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes el título universitario de Diplomado,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado, según lo previsto en el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.
Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado
Universitario el haber superado tres cursos completos de estudios conducentes a la
obtención de cualquier título oficial de Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería conforme a lo
dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.

cve: BOE-A-2024-20493
Verificable en https://www.boe.es

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.