II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-20439)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado los procesos selectivos para ingreso, por el sistema de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, convocado por Resolución de 29 de diciembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 127153
ANEXO VI
Proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción
interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado,
especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, convocado por Resolución de la
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 29 de diciembre
de 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 2024)
De acuerdo con el apartado sexto de esta resolución, los aspirantes que reúnan los
requisitos que se indican podrán solicitar, por razones de convivencia familiar y con la
finalidad de obtener destino en la misma localidad, la modificación de su posición inicial
en el orden de prelación obtenido en el proceso selectivo para dicha adjudicación, en la
forma, plazos y con los efectos que se exponen a continuación:
Requisitos:
Ser ambas personas solicitantes, aprobadas en el proceso selectivo al que se refiere
esta resolución.
Si la vinculación se solicitara por aspirantes de distintos sistemas de acceso, se
entenderá que el solicitante procedente del turno de promoción interna con garantía de
localidad, si la hubiera ejercido, renuncia a la misma y al derecho preferente que le
atribuye el acceso por promoción interna.
Encontrarse los solicitantes unidos por vínculo matrimonial o asimilable, acreditables.
Forma y plazo de presentación:
Solicitud conjunta y firmada por ambos interesados dirigida a la Directora del
Departamento de Recursos Humanos, acompañando la justificación del matrimonio
mediante copia del libro de familia o la de la situación de pareja de hecho mediante
certificado de inscripción en el Registro del Parejas de Hecho.
La persona aspirante que ha obtenido mejor número de orden de prelación en el
proceso selectivo, solicitará posicionarse con el número de orden inmediatamente
anterior al del solicitante con peor número de orden de prelación.
La solicitud deberá formularse según el modelo que se adjunta como anexo IV bis de
esta resolución.
La presentación de la solicitud conjunta y de los documentos acreditativos deberá
hacerse por correo electrónico a la dirección: convocatorias@correo.aeat.es, sin perjuicio
de su presentación por registro.
El plazo de presentación será de tres días hábiles a partir de la publicación de esta
resolución en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
La persona aspirante que solicite su modificación en el orden de prelación renuncia a
su posición inicial, a los exclusivos efectos de la adjudicación de los destinos.
La adjudicación de destinos se efectuará teniendo en cuenta las posiciones
solicitadas por los interesados, sin que, en ningún caso pudieran afectar negativamente
a las del resto de aspirantes.
Ambas personas aspirantes deberán solicitar todas las plazas ofertadas.
La renuncia derivada de la solicitud de modificación en el orden de prelación solo se
tendrá en cuenta si es posible la asignación de destino en la misma localidad a ambos
solicitantes, por lo que, si no existieran al menos dos plazas ofertadas en la misma
localidad sin asignar cuando le correspondiera la adjudicación a ambos solicitantes, la
adjudicación se llevará a cabo en función de sus posiciones originales.
Las solicitudes serán valoradas y resueltas por el órgano gestor, que decidirá sobre
su admisión tras la comprobación y verificación de los requisitos exigidos y acreditados.
cve: BOE-A-2024-20439
Verificable en https://www.boe.es
Efectos:
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 127153
ANEXO VI
Proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción
interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado,
especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, convocado por Resolución de la
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 29 de diciembre
de 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 2024)
De acuerdo con el apartado sexto de esta resolución, los aspirantes que reúnan los
requisitos que se indican podrán solicitar, por razones de convivencia familiar y con la
finalidad de obtener destino en la misma localidad, la modificación de su posición inicial
en el orden de prelación obtenido en el proceso selectivo para dicha adjudicación, en la
forma, plazos y con los efectos que se exponen a continuación:
Requisitos:
Ser ambas personas solicitantes, aprobadas en el proceso selectivo al que se refiere
esta resolución.
Si la vinculación se solicitara por aspirantes de distintos sistemas de acceso, se
entenderá que el solicitante procedente del turno de promoción interna con garantía de
localidad, si la hubiera ejercido, renuncia a la misma y al derecho preferente que le
atribuye el acceso por promoción interna.
Encontrarse los solicitantes unidos por vínculo matrimonial o asimilable, acreditables.
Forma y plazo de presentación:
Solicitud conjunta y firmada por ambos interesados dirigida a la Directora del
Departamento de Recursos Humanos, acompañando la justificación del matrimonio
mediante copia del libro de familia o la de la situación de pareja de hecho mediante
certificado de inscripción en el Registro del Parejas de Hecho.
La persona aspirante que ha obtenido mejor número de orden de prelación en el
proceso selectivo, solicitará posicionarse con el número de orden inmediatamente
anterior al del solicitante con peor número de orden de prelación.
La solicitud deberá formularse según el modelo que se adjunta como anexo IV bis de
esta resolución.
La presentación de la solicitud conjunta y de los documentos acreditativos deberá
hacerse por correo electrónico a la dirección: convocatorias@correo.aeat.es, sin perjuicio
de su presentación por registro.
El plazo de presentación será de tres días hábiles a partir de la publicación de esta
resolución en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
La persona aspirante que solicite su modificación en el orden de prelación renuncia a
su posición inicial, a los exclusivos efectos de la adjudicación de los destinos.
La adjudicación de destinos se efectuará teniendo en cuenta las posiciones
solicitadas por los interesados, sin que, en ningún caso pudieran afectar negativamente
a las del resto de aspirantes.
Ambas personas aspirantes deberán solicitar todas las plazas ofertadas.
La renuncia derivada de la solicitud de modificación en el orden de prelación solo se
tendrá en cuenta si es posible la asignación de destino en la misma localidad a ambos
solicitantes, por lo que, si no existieran al menos dos plazas ofertadas en la misma
localidad sin asignar cuando le correspondiera la adjudicación a ambos solicitantes, la
adjudicación se llevará a cabo en función de sus posiciones originales.
Las solicitudes serán valoradas y resueltas por el órgano gestor, que decidirá sobre
su admisión tras la comprobación y verificación de los requisitos exigidos y acreditados.
cve: BOE-A-2024-20439
Verificable en https://www.boe.es
Efectos: