I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Subvenciones. (BOE-A-2024-20405)
Real Decreto 1029/2024, de 8 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de vivienda y agenda urbana por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana durante el ejercicio presupuestario 2024.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 127031

a la necesidad de fortalecer el parque de vivienda asequible existente en la zona objeto
de intervención, que deben atenderse de manera urgente, lo que no posibilita su
convocatoria pública, al deber asignarse además la subvención a la entidad competente.
6. Al Ayuntamiento de Ibiza, para la promoción de viviendas con destino al alquiler
asequible o social, por razones de interés público, social y económico ligadas a la
necesidad de fortalecer el parque de vivienda asequible existente en la zona objeto de
intervención, que deben atenderse de manera urgente, lo que no posibilita su
convocatoria pública, al deber asignarse además la subvención a la entidad competente.
7. Al Consell Insular de Mallorca, para la promoción de viviendas con destino al
alquiler asequible o social, por razones de interés público, social y económico ligadas a
la necesidad de fortalecer el parque de vivienda asequible existente en la zona objeto de
intervención, que deben atenderse de manera urgente, lo que no posibilita su
convocatoria pública, al deber asignarse además la subvención a la entidad competente.
8. Al Consell Insular de Menorca, para la promoción de viviendas con destino al
alquiler asequible o social, por razones de interés público, social y económico ligadas a
la necesidad de fortalecer el parque de vivienda asequible existente en la zona objeto de
intervención, que deben atenderse de manera urgente, lo que no posibilita su
convocatoria pública, al deber asignarse además la subvención a la entidad competente.
9. A la Oficina Regional para América Latina y el Caribe del Programa de las
Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Habitat), a fin de dar
continuidad a las actividades de intercambio de conocimiento e implementación de la
Agenda Urbana contempladas en el Convenio de modificación y prórroga del
Memorándum de entendimiento entre el Ministerio de Fomento (actual Ministerio de
Vivienda y Agenda Urbana), y la Oficina Regional para América Latina y el Caribe, del
Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Habitat), por
razones de interés social y económico que deben atenderse de manera urgente, lo que
no posibilita su convocatoria pública, al deber asignarse además la subvención a una
entidad concreta.
10. A la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), para la difusión e
implementación de las nuevas políticas de desarrollo urbano sostenible, por razones de
interés público, social y económico que deben atenderse de manera urgente, lo que no
posibilita su convocatoria pública, al deber asignarse además la subvención a una
entidad concreta.
11. A OnCities 2030, para el apoyo en la organización y coordinación de la
participación de España en foros relacionados con las políticas urbanas y la cohesión
territorial, por razones de interés público, social y económico que deben atenderse de
manera urgente, lo que no posibilita su convocatoria pública, al deber asignarse además
la subvención a una entidad concreta.
12. Al Instituto Juan de Herrera de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de
la Universidad Politécnica de Madrid, para el desarrollo y mantenimiento del
Observatorio de la Vulnerabilidad Urbana, a fin de dar cumplimiento a lo previsto por la
disposición adicional primera.1.b) del texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por razones
de interés público que deben atenderse de manera urgente, lo que no posibilita su
convocatoria pública, al deber asignarse además la subvención a una entidad concreta.
13. Al Centro de Investigación en Ciencias del Deporte de la Universidad Rey Juan
Carlos, para el desarrollo de un sistema de indicadores para la implementación de la
Agenda Urbana Española, por razones de interés público y social que deben atenderse
de manera urgente, lo que no posibilita su convocatoria pública, al deber asignarse
además la subvención a una entidad concreta.
14. A Acción Cultural Española, para garantizar el desarrollo actividades
preparatorias para la participación en la Biennale di Venezia 2025, por razones de interés
público y social que deben atenderse de manera urgente, lo que no posibilita su
convocatoria pública, al deber asignarse además la subvención a una entidad concreta.

cve: BOE-A-2024-20405
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 244