II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Ceses. (BOE-A-2024-20430)
Decreto de 13 de septiembre de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de doña Olga Suárez Herranz como Fiscal Delegada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía Provincial de Cáceres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 127109
Extranjería y sobre las respectivas Secciones de las Fiscalías Territoriales, establece
en su apartado IV (designación y cese de los delegados en las secciones):
«El nombramiento de Delegado de la especialidad no está sujeto a límite temporal,
pero será renunciable por razones justificadas que expondrá por escrito el interesado,
requiriendo la aprobación del Fiscal General del Estado, cometido que podrá ser
delegado en el respectivo Fiscal de Sala Coordinador. El escrito de renuncia, que se
remitirá por conducto del Fiscal Jefe, se dirigirá para su tramitación ante la Fiscalía
General del Estado al respectivo Fiscal de Sala Coordinador, que en su caso podrá
formular las apreciaciones que estime pertinentes. El Delegado que presente la renuncia
continuará desempeñando sus funciones hasta tanto no sea aprobada por el Fiscal
General del Estado».
Tercero.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos, estando el escrito de
renuncia suficientemente motivado.
En consecuencia, vista la renuncia efectuada, de conformidad con las previsiones del
Reglamento del Ministerio Fiscal, acuerdo:
1. Aceptar la renuncia de la Ilma. Sra. doña Olga Suárez Herranz, como Fiscal
Delegada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía Provincial de Cáceres.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, al Fiscal de Sala Coordinador de
Seguridad y Salud en el Trabajo, al Fiscal Superior de Extremadura y a la Fiscal Jefa de
la Fiscalía Provincial de Cáceres, que lo pondrá en conocimiento de todos los fiscales de
la plantilla.
3. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, 4, Madrid 28010)
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, en los términos
establecidos en el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo, según lo establecido en los artículos 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de
esta misma ley.
cve: BOE-A-2024-20430
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de septiembre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García
Ortiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 127109
Extranjería y sobre las respectivas Secciones de las Fiscalías Territoriales, establece
en su apartado IV (designación y cese de los delegados en las secciones):
«El nombramiento de Delegado de la especialidad no está sujeto a límite temporal,
pero será renunciable por razones justificadas que expondrá por escrito el interesado,
requiriendo la aprobación del Fiscal General del Estado, cometido que podrá ser
delegado en el respectivo Fiscal de Sala Coordinador. El escrito de renuncia, que se
remitirá por conducto del Fiscal Jefe, se dirigirá para su tramitación ante la Fiscalía
General del Estado al respectivo Fiscal de Sala Coordinador, que en su caso podrá
formular las apreciaciones que estime pertinentes. El Delegado que presente la renuncia
continuará desempeñando sus funciones hasta tanto no sea aprobada por el Fiscal
General del Estado».
Tercero.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos, estando el escrito de
renuncia suficientemente motivado.
En consecuencia, vista la renuncia efectuada, de conformidad con las previsiones del
Reglamento del Ministerio Fiscal, acuerdo:
1. Aceptar la renuncia de la Ilma. Sra. doña Olga Suárez Herranz, como Fiscal
Delegada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía Provincial de Cáceres.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, al Fiscal de Sala Coordinador de
Seguridad y Salud en el Trabajo, al Fiscal Superior de Extremadura y a la Fiscal Jefa de
la Fiscalía Provincial de Cáceres, que lo pondrá en conocimiento de todos los fiscales de
la plantilla.
3. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, 4, Madrid 28010)
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, en los términos
establecidos en el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo, según lo establecido en los artículos 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de
esta misma ley.
cve: BOE-A-2024-20430
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de septiembre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García
Ortiz.
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