IV. Administración de Justicia. TRIBUNAL DE CUENTAS. (BOE-B-2024-35896)
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. IV. Pág. 55621
IV. Administración de Justicia
TRIBUNAL DE CUENTAS
35896
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO
Edicto
Actuaciones Previas n.º 85/2023. Ramo: SECTOR PÚBLICO LOCAL (Junta
Vecinal de Garaño). Lugar: LEÓN
Doña Ana M.ª Encinas Amor, Secretaria de las Actuaciones previas de
referencia,
Hace saber: Que en dichas Actuaciones Previas se ha dictado por la Delegada
Instructora, el siguiente: "ACUERDO DE EMBARGO ESPECÍFICO.- En las
Actuaciones Previas anotadas al margen, mediante Acuerdo de fecha 26 de abril
de 2024, se requirió a don Luis Fernández Álvarez, con DNI n.º 097****3A, como
presunto responsable contable del supuesto alcance fijado en el Acta de
Liquidación Provisional celebrada en esa misma fecha, para el pago, depósito o
afianzamiento por la cantidad total de CUATRO MIL QUINIENTOS SIETE EUROS
Y SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (4.507,65 €), de principal, cantidad a la que se
sumaron los correspondientes intereses legales que ascendieron a QUINIENTOS
SESENTA Y CINCO EUROS Y OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS (565,87 €), lo que
dio un total de un alcance total de CINCO MIL SETENTA Y TRES EUROS Y
CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (5.073,52 €), de conformidad con el artículo
47.1.f) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Habiéndose requerido al Sr. Fernández Álvarez, mediante el consiguiente Acuerdo
de requerimiento de pago, para que reintegrase, depositase o afianzase la
cantidad de 5.073,52 € y, al no haberse atendido dicho requerimiento, se dictó
ACUERDO DE EMBARGO GENÉRICO, en fecha 5 de septiembre de 2024, por el
que se acordó el embargo genérico de bienes y derechos del citado Sr. Fernández
Álvarez, que le fue debidamente notificado por medio de edicto, en la forma
legalmente prevista. En consecuencia, procede ACORDAR, en cumplimiento de lo
que dispone el artículo 47.1.g) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, y demás preceptos
concordantes sobre este particular, el embargo con carácter preventivo de las
retribuciones que percibe D. Luis Fernández Álvarez, según lo establecido en el
artículo 82 del RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Recaudación y con base en el porcentaje que legalmente corresponda,
conforme al artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Notifíquese a don Luis
Fernández Álvarez, con DNI 097****3A y líbrese el oportuno mandamiento de
embargo con carácter preventivo a la entidad pagadora correspondiente que deba
efectuar la retención. Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - La delegada
instructora: Carmen Rosado Santurino".
Lo que se hace público para que sirva de notificación a don Luis Fernández
Álvarez.
Madrid, 2 de octubre de 2024.- Secretaria de Actuaciones, Ana M.ª Encinas
Amor.
ID: A240044576-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2024-35896
Verificable en https://www.boe.es
Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este edicto, se
incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera
condena expresa de los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68,
apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal.
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. IV. Pág. 55621
IV. Administración de Justicia
TRIBUNAL DE CUENTAS
35896
SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO
Edicto
Actuaciones Previas n.º 85/2023. Ramo: SECTOR PÚBLICO LOCAL (Junta
Vecinal de Garaño). Lugar: LEÓN
Doña Ana M.ª Encinas Amor, Secretaria de las Actuaciones previas de
referencia,
Hace saber: Que en dichas Actuaciones Previas se ha dictado por la Delegada
Instructora, el siguiente: "ACUERDO DE EMBARGO ESPECÍFICO.- En las
Actuaciones Previas anotadas al margen, mediante Acuerdo de fecha 26 de abril
de 2024, se requirió a don Luis Fernández Álvarez, con DNI n.º 097****3A, como
presunto responsable contable del supuesto alcance fijado en el Acta de
Liquidación Provisional celebrada en esa misma fecha, para el pago, depósito o
afianzamiento por la cantidad total de CUATRO MIL QUINIENTOS SIETE EUROS
Y SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (4.507,65 €), de principal, cantidad a la que se
sumaron los correspondientes intereses legales que ascendieron a QUINIENTOS
SESENTA Y CINCO EUROS Y OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS (565,87 €), lo que
dio un total de un alcance total de CINCO MIL SETENTA Y TRES EUROS Y
CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (5.073,52 €), de conformidad con el artículo
47.1.f) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Habiéndose requerido al Sr. Fernández Álvarez, mediante el consiguiente Acuerdo
de requerimiento de pago, para que reintegrase, depositase o afianzase la
cantidad de 5.073,52 € y, al no haberse atendido dicho requerimiento, se dictó
ACUERDO DE EMBARGO GENÉRICO, en fecha 5 de septiembre de 2024, por el
que se acordó el embargo genérico de bienes y derechos del citado Sr. Fernández
Álvarez, que le fue debidamente notificado por medio de edicto, en la forma
legalmente prevista. En consecuencia, procede ACORDAR, en cumplimiento de lo
que dispone el artículo 47.1.g) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, y demás preceptos
concordantes sobre este particular, el embargo con carácter preventivo de las
retribuciones que percibe D. Luis Fernández Álvarez, según lo establecido en el
artículo 82 del RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Recaudación y con base en el porcentaje que legalmente corresponda,
conforme al artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Notifíquese a don Luis
Fernández Álvarez, con DNI 097****3A y líbrese el oportuno mandamiento de
embargo con carácter preventivo a la entidad pagadora correspondiente que deba
efectuar la retención. Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - La delegada
instructora: Carmen Rosado Santurino".
Lo que se hace público para que sirva de notificación a don Luis Fernández
Álvarez.
Madrid, 2 de octubre de 2024.- Secretaria de Actuaciones, Ana M.ª Encinas
Amor.
ID: A240044576-1
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2024-35896
Verificable en https://www.boe.es
Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este edicto, se
incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera
condena expresa de los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68,
apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal.