III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-20361)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Aguilar de la Frontera, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Martes 8 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 125939

tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Aguilar de la Frontera y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a
su partido judicial de Monturque y Moriles que han de hacerlo simultáneamente con la
referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta
de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha Ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Aguilar de la Frontera, que comprende la Oficina General del Registro
Civil de Aguilar de la Frontera y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de
Monturque y Moriles, de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que permite el funcionamiento del
Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a
las 00:00 horas del 28 de octubre de 2024.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
Segundo.

Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Aguilar de la Frontera y en las secretarías
o unidades procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados
de Monturque y Moriles, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del
Registro Civil, según lo establecido en la disposición transitoria octava de la Ley 20/2011,
de 21 de julio y en esta Resolución, aplicando las normas reseñadas en el artículo
segundo.

cve: BOE-A-2024-20361
Verificable en https://www.boe.es

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Aguilar de la Frontera pasará a denominarse Oficina General del
Registro Civil de Aguilar de la Frontera y los Registros Civiles Municipales Delegados de
Monturque y Moriles pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de
Monturque y Moriles, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición
transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de
julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.