I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20292)
Real Decreto 915/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Agraria; y Comercio y Marketing, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Martes 8 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 124074

profesionales de las familias profesionales Agraria, Comercio y Marketing, Energía y Agua,
Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, MarítimoPesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones
profesionales de las familias profesionales Agraria, Hostelería y Turismo, Instalación y
Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y
Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales, establecidas por determinados reales decretos.
3.ª Servicios de consignación de buques. Nivel 3. COM808_3, establecida por el
Real Decreto 546/2023, de 27 de junio, por el que se establecen determinadas
cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas;
Agraria; Artes y Artesanía; Comercio y Marketing; Edificación y Obra Civil; Electricidad y
Electrónica; Energía y Agua; Fabricación Mecánica; Hostelería y Turismo; Informática y
Comunicaciones; Instalación y Mantenimiento; Química; Seguridad y Medioambiente; y
Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, y se suprimen determinadas cualificaciones profesionales
establecidas por determinados reales decretos.
b)

Familia Profesional Agraria:

1.ª Gestión de la producción de semillas y plantas en vivero. Nivel 3. AGA464_3,
establecida por el Real Decreto 715/2010, de 28 de mayo.
2.ª Gestión de la producción y recolección de setas y trufas. Nivel 3. AGA549_3,
establecida por el Real Decreto 563/2011, de 20 de abril, por el que se complementa el
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cuatro
cualificaciones profesionales de la familia profesional agraria.
c) Familia Profesional Textil, confección y piel: Asistencia técnica en la logística de los
procesos de externalización de la producción textil, piel y confección. Nivel 3. TCP648_3,
establecida por el Real Decreto 1553/2011, de 31 de octubre, por el que se complementa
el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de
determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y
Medio Ambiente; Transporte y Mantenimiento de Vehículos, y Textil, Confección y Piel.
Artículo 3. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia
Profesional Comercio y Marketing, establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20
de febrero.

1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del anexo LXXXVII «Atención al
cliente, consumidor o usuario. Nivel 3», por la siguiente: «Atención al cliente. Nivel 3.
Anexo LXXXVII».
2. Se da una nueva redacción al anexo LXXXVI, cualificación profesional «Gestión
administrativa y financiera del comercio internacional». Nivel 3. COM086_3, que se
sustituye por la que figura en el anexo I de este real decreto.
3. Se da una nueva redacción al anexo LXXXVII, cualificación profesional «Atención
al cliente, consumidor o usuario». Nivel 3. COM087_3, que se sustituye por la que figura
en el anexo II de este real decreto, donde consta la cualificación profesional «Atención al
cliente». Nivel 3. COM087_3.
4. Se da una nueva redacción al anexo LXXXVIII, cualificación profesional «Tráfico
de mercancías por carretera». Nivel 3. COM088_3, que se sustituye por la que figura en el
anexo III de este real decreto.

cve: BOE-A-2024-20292
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Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 295/2004,
de 20 de febrero, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales cuyas
especificaciones están contenidas en los anexos LXXXVI, LXXXVII y LXXXVIII del citado
real decreto.