II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Destinos. (BOE-A-2024-20296)
Orden PJC/1075/2024, de 4 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/751/2024, de 19 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 125759
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20296
Orden PJC/1075/2024, de 4 de octubre, por la que se resuelve la
convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/751/2024, de 19
de julio.
Por Orden PJC/751/2024 de 19 de julio de 2024 (BOE del 23 de julio de 2024), se
anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, un puesto
de trabajo en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y el artículo 127 del Real
Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de
servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditada la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024,
de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión
de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión
en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, así como el cumplimiento por parte del candidato de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y la idoneidad para el
desempeño del puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por el Centro del que
depende el puesto de trabajo convocado,
Este Ministerio dispone resolver la referida convocatoria en los términos que se
expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Madrid, 4 de octubre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, P. D. (Orden PCM/318/2022, de 11 de abril), el Subsecretario de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
cve: BOE-A-2024-20296
Verificable en https://www.boe.es
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la presente
notificación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. II.A. Pág. 125759
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20296
Orden PJC/1075/2024, de 4 de octubre, por la que se resuelve la
convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/751/2024, de 19
de julio.
Por Orden PJC/751/2024 de 19 de julio de 2024 (BOE del 23 de julio de 2024), se
anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, un puesto
de trabajo en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y el artículo 127 del Real
Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de
servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditada la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024,
de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión
de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión
en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, así como el cumplimiento por parte del candidato de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y la idoneidad para el
desempeño del puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por el Centro del que
depende el puesto de trabajo convocado,
Este Ministerio dispone resolver la referida convocatoria en los términos que se
expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Madrid, 4 de octubre de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, P. D. (Orden PCM/318/2022, de 11 de abril), el Subsecretario de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
cve: BOE-A-2024-20296
Verificable en https://www.boe.es
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la presente
notificación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.