II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-20208)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Oficiales de Instalaciones Deportivas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 123518

El Tribunal publicará la relación en la que constarán la calificación de cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición y la puntuación total.
En caso de empate, éste se resolverá conforme a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la oposición.
2.º Mayor puntuación en el primer ejercicio de la oposición.
3.º De persistir el empate, el Tribunal adoptará las medidas oportunas que podrán
consistir en la realización de un ejercicio práctico.
10.

Periodo de prácticas

10.1 Finalizado el proceso, el Tribunal elevará al Sr. Rector la propuesta de
nombramiento como personal funcionarios en prácticas de la Escala de Oficiales de
Instalaciones Deportivas; nombramiento que se efectuará mediante resolución rectoral y
se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».
10.2 La duración del periodo de prácticas será de tres meses, durante los que se
desempeñarán, bajo la supervisión de la persona titular de la Unidad donde se encuentre
el puesto elegido, las tareas inherentes al puesto de trabajo.
10.3 Finalizado dicho periodo, el responsable de la Unidad emitirá informe
motivado, haciendo constar si la persona en prácticas lo ha superado, proponiendo su
nombramiento como personal funcionario de carrera de la escala convocada. En caso
contrario, propondrá la declaración de desierta la plaza convocada.
11.

Presentación de documentos

11.1 En el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la propuesta de nombramiento, la persona propuesta para ser nombrada
como personal funcionario en prácticas deberá presentar a través de las formas
recogidas en el artículo 16.4 (apartados b, c, d y e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, siempre y cuando no
obre ya en poder de esta Universidad, la siguiente documentación:
– Original o copia electrónica auténtica, en vigor, del DNI, NIE o pasaporte, además
de lo establecido en el artículo 57 del EBEP, en su caso.
– Original y fotocopia para su cotejo o copia electrónica del título exigido o en su
defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios
equivalentes para su obtención, así como abonado los derechos para la expedición del
título correspondiente. En el caso de haber sido obtenida en el extranjero, además, la
credencial que acredite su homologación.
– Original o copia electrónica auténtica, en vigor, del carnet de conducir.
– En el caso de personas extranjeras nacionales de países cuyo idioma oficial no
sea el español, el Diploma de español nivel C2 o equivalente o el certificado de aptitud
en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
– Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada, tras
expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado o
inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas. En caso de no poseer la
nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometido o sometida a sanción disciplinaria o medida equivalente que impida en su
Estado el acceso al empleo público.
11.2 Si dentro de dicho plazo no presenta la anterior documentación, salvo casos
de fuerza mayor, no podrá ser nombrado.
11.3 La persona aspirante recibirá una citación para someterse, obligatoriamente, al
reconocimiento médico previo a su nombramiento, en cumplimiento de lo establecido en
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Dicho
reconocimiento deberá incluir un juicio positivo de aptitud respecto de la capacidad

cve: BOE-A-2024-20208
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Núm. 242