II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-20193)
Orden SND/1069/2024, de 3 de octubre, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 123430
debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad
técnica de realizar la presentación a través del Portal Funciona.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
Tercera.
Además de los datos personales y Número de Registro de Personal, que se
consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en el que consten los títulos académicos, los puestos de
trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
Cuarta.
De conformidad con el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, y 4.2 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la
regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal
directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo
dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo, el plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, desde la
publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
La selección se realizará en base a criterios de idoneidad, competencia profesional y
experiencia, realizándose una entrevista a las personas candidatas que cumplan con los
requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, que se exijan en el anexo I.
Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, se nombrarán al
menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de
selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y deberán
emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas. A las personas
expertas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y
su nombramiento se realizará mediante acuerdo del órgano convocante, siendo
comunicado a las personas candidatas, a los efectos de que, en su caso, pudieran
plantear su recusación.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del de presentación de solicitudes, salvo que expresamente se prorrogue por
otro mes.
Sexta.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta
el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o
bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los
cve: BOE-A-2024-20193
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 123430
debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad
técnica de realizar la presentación a través del Portal Funciona.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
Tercera.
Además de los datos personales y Número de Registro de Personal, que se
consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en el que consten los títulos académicos, los puestos de
trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
Cuarta.
De conformidad con el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, y 4.2 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la
regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal
directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo
dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo, el plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, desde la
publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
La selección se realizará en base a criterios de idoneidad, competencia profesional y
experiencia, realizándose una entrevista a las personas candidatas que cumplan con los
requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, que se exijan en el anexo I.
Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, se nombrarán al
menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de
selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y deberán
emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas. A las personas
expertas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y
su nombramiento se realizará mediante acuerdo del órgano convocante, siendo
comunicado a las personas candidatas, a los efectos de que, en su caso, pudieran
plantear su recusación.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del de presentación de solicitudes, salvo que expresamente se prorrogue por
otro mes.
Sexta.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta
el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o
bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los
cve: BOE-A-2024-20193
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Quinta.