III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-20144)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se aprueba el Plan de actuación plurianual 2023-2026 de varios Centros de Referencia Nacional.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Sábado 5 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 123174

En función del Plan de Actuación, la Administración General del Estado, en
colaboración con las comunidades autónomas, establecerá los criterios de distribución
presupuestaria para la ejecución del mismo.
Asimismo, incluirá los procedimientos e indicadores de calidad que permitan evaluar
el cumplimiento de los fines y objetivos de los centros.
Dicho artículo añade que para cada uno de los Centros de Referencia Nacional se
acordará un Plan de Actuación Plurianual, con la misma duración del Plan de Actuación
Plurianual de carácter estatal, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro, que
será reflejado en un convenio entre la Administración General del Estado y la
Administración autonómica.
Quinto.
La LXXX Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en
reunión de 18 de noviembre de 2022, ha informado el Plan de Actuación
Plurianual 2023-2026 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el
ámbito de la formación profesional.
Sexto.
Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el Consejo
Social del Centro de Referencia Nacional Escuela Superior de Hostelería y Agroturismo de
Extremadura, el del Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de Don Benito,
y el del Centro de Referencia Nacional Centro Internacional de Innovación Deportiva en el
Medio Natural «El Anillo», celebraron sendas reuniones el 16 de febrero de 2023, en el que
se propusieron los respectivos Planes de Actuación Plurianuales 2023-2026 para cada uno
de los citados centros.
Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero,
es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación
Plurianual, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro. Este Plan de Actuación
Plurianual, debe observar la forma de convenio entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y la Comunidad Autónoma de Extremadura
Séptimo.
Por todo lo anterior, el presente convenio entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene por
objeto la aprobación de los Planes de Actuación Plurianuales 2023-2026 del Centro de
Referencia Nacional Escuela Superior de Hostelería y Agroturismo de Extremadura, del
Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de Don Benito, y del Centro de
Referencia Nacional Centro Internacional de Innovación Deportiva en el Medio Natural
«El Anillo».

Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con
sujetos de derecho privado para un fin común.
De conformidad con los principios generales contemplados en el artículo 3 de la misma
ley, las Administraciones públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de
acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y
coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho y en el
desarrollo de su actividad deben aplicar en sus relaciones, entre otros, el principio de
cooperación, colaboración y coordinación con otras Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2024-20144
Verificable en https://www.boe.es

Octavo.