III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-20151)
Resolución de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la línea eléctrica de 132 kV para la evacuación de la instalación fotovoltaica FV Balsicas, en Cartagena y Torre Pacheco (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 5 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123253
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible y de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, O.A. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad.
Se ha recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras de la
Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia y de la Comisaría de
Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Torre Pacheco, que da traslado de
informes técnicos de urbanismo y patrimonio en los que, se informa sobre el impacto
social, ambiental y paisajístico de la línea de evacuación, se advierte de posibles daños
a caminos municipales por el uso de maquinaria pesada y se constatan errores en la
naturaleza jurídica de determinadas parcelas catastrales afectadas. Se da traslado al
promotor, que presta conformidad a las consideraciones emitidas en cuanto a la
naturaleza jurídica de las parcelas y afecciones a los caminos municipales, así como
manifiesta haber presentado un estudio de integración paisajística junto con la solicitud
de licencia de obra. Se da traslado de la contestación del promotor al Ayuntamiento de
Torre Pacheco, que informa que no presta oposición a la declaración, en concreto, de
utilidad pública de la línea de evacuación de 132 kV.
Preguntados el Ayuntamiento de Cartagena y la Comunidad de Regantes del Campo
de Cartagena, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende su
conformidad en virtud de lo dispuesto en artículo 146.1 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido
sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 12 de abril de 2024 en
el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y el 3 de mayo de 2024 en el «Boletín Oficial
del Estado», el 4 de abril de 2024 en el diario «La Verdad» y con la exposición al público
en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Cartagena y Torre Pacheco. Se
recibió una alegación, que fue contestada por el promotor.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia ha emitido
informe en fecha 2 de julio de 2024.
El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre declara de utilidad pública las
instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica, a los efectos de expropiación
forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y
ejercicio de la servidumbre de paso.
En virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, formarán parte de
la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión
con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que
manifiesta su conformidad.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Único.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la línea aérea de 132 kV entre la
subestación transformadora ST FV Balsicas (Sabic) 30/132 kV y la subestación
transformadora ST Colectora Balsicas Promotores 132/220 kV, para la evacuación de la
cve: BOE-A-2024-20151
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 241
Sábado 5 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123253
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible y de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, O.A. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad.
Se ha recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras de la
Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia y de la Comisaría de
Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Torre Pacheco, que da traslado de
informes técnicos de urbanismo y patrimonio en los que, se informa sobre el impacto
social, ambiental y paisajístico de la línea de evacuación, se advierte de posibles daños
a caminos municipales por el uso de maquinaria pesada y se constatan errores en la
naturaleza jurídica de determinadas parcelas catastrales afectadas. Se da traslado al
promotor, que presta conformidad a las consideraciones emitidas en cuanto a la
naturaleza jurídica de las parcelas y afecciones a los caminos municipales, así como
manifiesta haber presentado un estudio de integración paisajística junto con la solicitud
de licencia de obra. Se da traslado de la contestación del promotor al Ayuntamiento de
Torre Pacheco, que informa que no presta oposición a la declaración, en concreto, de
utilidad pública de la línea de evacuación de 132 kV.
Preguntados el Ayuntamiento de Cartagena y la Comunidad de Regantes del Campo
de Cartagena, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende su
conformidad en virtud de lo dispuesto en artículo 146.1 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido
sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 12 de abril de 2024 en
el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y el 3 de mayo de 2024 en el «Boletín Oficial
del Estado», el 4 de abril de 2024 en el diario «La Verdad» y con la exposición al público
en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Cartagena y Torre Pacheco. Se
recibió una alegación, que fue contestada por el promotor.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia ha emitido
informe en fecha 2 de julio de 2024.
El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre declara de utilidad pública las
instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica, a los efectos de expropiación
forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y
ejercicio de la servidumbre de paso.
En virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, formarán parte de
la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión
con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que
manifiesta su conformidad.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Único.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la línea aérea de 132 kV entre la
subestación transformadora ST FV Balsicas (Sabic) 30/132 kV y la subestación
transformadora ST Colectora Balsicas Promotores 132/220 kV, para la evacuación de la
cve: BOE-A-2024-20151
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Núm. 241