III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2024-20076)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se aprueba el Plan de actuación plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Náutica, en el ámbito de la formación profesional.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 122962

experimentación con instituciones de referencia del sector productivo a nivel
internacional. Para ello, el CRN:
– Realizará un trabajo de investigación para evaluar las instituciones del área
náutica en los países de la UE referentes en el sector y establecer una base de datos de
contactos.
– Contactará con otros CRN que tengan experiencia en la ejecución de proyectos e
iniciativas internacionales para aprender de ellos e intentar trasladar sus conclusiones y
recomendaciones a la creación de alianzas de colaboración en los países de la UE
referentes en el sector.
– Valorará la posibilidad de crear alianzas de colaboración y experimentación con
instituciones de referencia dentro del sector productivo en el entorno de la UE.
j) El Objetivo 10 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar planes de formación
y de perfeccionamiento técnico y metodológico de personal docente o formador, expertos
y orientadores profesionales, así como a evaluadores y asesores que intervengan en
procesos de reconocimiento de competencias profesionales en el marco del Sistema de
Formación Profesional. Para ello, el CRN:
– Programará, impartirá y evaluará acciones formativas para la actualización y el
perfeccionamiento técnico de formadores en el ámbito de la Formación Profesional en el
área náutica.
– Colaborará con la administración competente que gestiona la formación de
evaluadores y asesores que intervienen en procesos de reconocimiento de
competencias profesionales en el marco del Sistema de Formación Profesional.
– Se reunirá con expertos y orientadores profesionales para detectar las
necesidades formativas en náutica.
k) El Objetivo 11 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones de
emprendimiento en el marco del Sistema de Formación Profesional y prioritariamente en
colaboración con centros del Sistema Formación Profesional. Para ello, el CRN:
– Establecerá sinergias con el centro de excelencia, así como con otros centros de
la familia profesional, para desarrollar acciones de promoción de iniciativas
emprendedoras en el área náutica.
– Realizará un listado de potenciales empresas para establecer colaboraciones,
tanto para la formación utilizando sus instalaciones como para la aportación de otros
recursos. Establecerá contactos con las mismas para estudiar la viabilidad de las
propuestas de colaboración.
– Programará acciones formativas para el profesorado y jornadas de sensibilización
en emprendimiento.
l) El Objetivo 12 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones para
fomentar la inserción en procesos de formación dirigidos a sectores de discapacidad, en
riesgo de exclusión laboral y profesiones con escasa representación de mujeres. Para
ello, el CRN:
– Realizará un análisis del sector para estudiar la posible implantación de acciones
para fomentar la inserción, dentro del sector náutico, en procesos de formación dirigidos
a colectivos con algún tipo de discapacidad, en riesgo de exclusión laboral y profesiones
con escasa representación de mujeres.
– Participará y colaborará con los grupos de trabajo de CRN que trabajen con
respecto a este objetivo, para evaluar y acordar los procedimientos comunes para
diseñar y desarrollar acciones formativas para la inserción de estos colectivos.
– Analizará y valorará las posibles colaboraciones que surjan o sean de interés para
ejecutar este objetivo, con empresas, instituciones o entidades que sean expertas o
estén relacionadas con los colectivos vulnerables.

cve: BOE-A-2024-20076
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 240