III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-20065)
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Sentiments, A.R.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 122897
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20065
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Sentiments, A.R.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por doña María Rosa Raventós Armengol y don
Santiago Garriga Gusi, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid,
don Augusto Gómez-Martinho Cruz, como sustituto por imposibilidad accidental de su
compañera de residencia, doña Almudena Zamora Ipas y, para su protocolo el 4 de
enero de 2024 con el número 4 de protocolo, modificada por otra otorgada ante la citada
notaria el 5 de junio de 2024, protocolo 1.718.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ferraz, 2, 2.º
Derecha 28008 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del
Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Cincuenta mil euros (50.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
Quinto. Patronos.
Don Miguel Pérez de Ayala Becerril, don Celso Méndez Ureña, doña María Rosa
Raventós Armengol, don Santiago Garriga Gusi, don Ángel Paños Tobarra y don José
Luis Gómez Millón.
Cargos:
Presidenta: Doña María Rosa Raventós Armengol.
Vicepresidente: Don Santiago Garriga Gusi.
cve: BOE-A-2024-20065
Verificable en https://www.boe.es
Difundir el arte como instrumento y a la vez objetivo esencial en el bienestar material
y espiritual de todo ser humano.
Dar a conocer el arte como vehículo para la realización del ser humano.
Poner de manifiesto la importancia del arte como elemento integrador que trasciende
barreras culturales, sociales y económicas, ayudando al entendimiento entre los pueblos.
Promover, a través de las actividades que se pongan en marcha alrededor de arte y
conciencia, valores tan importantes como: respeto, solidaridad, generosidad,
entendimiento, integración, superación, perdón, paz, armonía, equilibrio y amor.
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 122897
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20065
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Sentiments, A.R.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por doña María Rosa Raventós Armengol y don
Santiago Garriga Gusi, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid,
don Augusto Gómez-Martinho Cruz, como sustituto por imposibilidad accidental de su
compañera de residencia, doña Almudena Zamora Ipas y, para su protocolo el 4 de
enero de 2024 con el número 4 de protocolo, modificada por otra otorgada ante la citada
notaria el 5 de junio de 2024, protocolo 1.718.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ferraz, 2, 2.º
Derecha 28008 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del
Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Cincuenta mil euros (50.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
Quinto. Patronos.
Don Miguel Pérez de Ayala Becerril, don Celso Méndez Ureña, doña María Rosa
Raventós Armengol, don Santiago Garriga Gusi, don Ángel Paños Tobarra y don José
Luis Gómez Millón.
Cargos:
Presidenta: Doña María Rosa Raventós Armengol.
Vicepresidente: Don Santiago Garriga Gusi.
cve: BOE-A-2024-20065
Verificable en https://www.boe.es
Difundir el arte como instrumento y a la vez objetivo esencial en el bienestar material
y espiritual de todo ser humano.
Dar a conocer el arte como vehículo para la realización del ser humano.
Poner de manifiesto la importancia del arte como elemento integrador que trasciende
barreras culturales, sociales y económicas, ayudando al entendimiento entre los pueblos.
Promover, a través de las actividades que se pongan en marcha alrededor de arte y
conciencia, valores tan importantes como: respeto, solidaridad, generosidad,
entendimiento, integración, superación, perdón, paz, armonía, equilibrio y amor.